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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2019 (15/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2019 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a la ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 097-2019-VIVIENDA Lima, 14 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso iv, del literal a), del párrafo 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; la misma que por disposición del numeral 16.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Memorándum Nº 403-2019-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, comunica la suscripción del Convenio Nº 013-2019-VIVIENDA, “Convenio para la Ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, para damni fi cados en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, suscrito entre el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y el Fondo MIVIVIENDA S.A, por lo que solicita gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., por la suma de S/ 3 105 000,00 (TRES MILLONES CIENTO CINCO MIL Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido por el artículo 16 de la Ley Nº 30879; Que, con Memorándum Nº 815-2019-VIVIENDA/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto traslada el Informe Nº 129-2019-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, Producto 3000736: Edi fi caciones Seguras Ante el Riesgo de Desastres, Actividad 5006128: Acondicionamiento de Viviendas Ante el Riesgo de Desastres, en la Categoría de Gasto de Capital, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 3 105 000,00 (TRES MILLONES CIENTO CINCO MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, para damni fi cados en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, para lo cual se ha suscrito el Convenio Nº 013-2019-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso iv, del literal a), del párrafo 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 3 105 000,00 (TRES MILLONES CIENTO CINCO MIL Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, para damni fi cados en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar, la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 3 105 000,00 (TRES MILLONES CIENTO CINCO MIL Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, para damni fi cados en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, Producto 3000736: Edifi caciones Seguras Ante el Riesgo de Desastres, Actividad 5006128: Acondicionamiento de Viviendas Ante el Riesgo de Desastres, en la Categoría de Gasto de Capital, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio Nº 013-2019-VIVIENDA. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio Nº 013-2019-VIVIENDA. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de las actividades a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y lo establecido en el Convenio Nº 013-2019-VIVIENDA. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano” y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1750183-1