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39 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2019 El Peruano / VISTO: Con los o fi cios S/N°-2019-JCAG-ODECMA-CSJLI, cursados por el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial de esta ODECMA y, CONSIDERANDO:Primero.- Mediante O fi cio Nº 001-2019-JCAG- ODECMA-CSJLI el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial de la ODECMA LIMA remitió a esta Jefatura la propuesta del nuevo Rol de Quejas Verbales Itinerantes, el cual fue aprobado por esta Jefatura mediante Resolución Administrativa N° 012-2019-J-ODECMA-CSJLI/PJ del ocho de enero del año en curso. Segundo.- El Programa de Quejas Verbales Itinerantes es un servicio que la ODECMA LIMA viene brindando desde el año 2009, habiéndose ampliado sus alcances mediante la Resolución Administrativa Nº 025-2015-J-ODECMA, que otorga facultades a los Magistrados Contralores de esta ODECMA no sólo para recibir las quejas verbales de los usuarios, en las fechas establecidas, sino también para veri fi car la puntualidad, permanencia y cumplimiento de los demás deberes funcionales de los señores Jueces y personal jurisdiccional de dichas Sedes Judiciales, pudiendo por ello constituirse adicionalmente a las Sedes Judiciales asignadas en días distintos a los establecidos en el rol de quejas itinerantes, disposición que debe mantenerse a fi n de garantizar una mayor e fi cacia del servicio que brinda la ODECMA. Tercero.- Que, estando a lo informado recientemente por el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial respecto a lo innecesario de aplicarse el programa de quejas verbales itinerantes en una Sede Judicial y a fi n de permitir que, durante la presente gestión jefatural, el programa de Quejas Verbales Itinerantes pueda alcanzar los objetos trazados para el mismo, resulta necesario efectuarse modi fi caciones a dicho rol, en cuanto a la sede judicial a visitarse y día de la comisión, conforme a la nueva propuesta remitida por el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, plasmada en uno de los o fi cios S/N°- 2019-JCAG-ODECMA-CSJLI, antes referidos. En consecuencia, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el artículo 12º, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 242-2015-CE-PJ. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Rol de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima, aprobado por Resolución Administrativa N° 012-2019-J-ODECMA-CSJLI/PJ del ocho de enero del dos mil diecinueve, disponiendo que los Magistrados Contralores se constituyan a las sedes judiciales programadas en la presente resolución a efectos de recabar y atender las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos, propendiendo a darles solución inmediata, conforme a la programación señalada en el siguiente cuadro: PROGRAMACIÓN DE MÓDULO DE QUEJAS VERBALES ITINERANTES DE LA ODECMA LIMA PARA EL AÑO 2019 MAGISTRADO (A) DÍAS HORA SEDE JUDICIAL DRA. YSABEL BEATRIZ SÁNCHEZ SANCHEZMiércoles 8am – 1 pmJuzgados y Salas Comerciales DR. GUILLERMO VICENTE SOLANO CHUMPITAZMartes 8 am – 1 pmJuzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja DRA. DELIA GRACIELA FLORES GALLEGOSJueves 8 am – 1 pmSede la Mar ( Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mira fl ores, 9°, 15° y 25° Juzgado de Trabajo Transitorio y 2° Juzgado Constitucional Transitorio) DRA. MARITZA JAVIER RIMAYMartes 8 am – 1 pmJuzgados de Paz Letrado de Lince y San IsidroPROGRAMACIÓN DE MÓDULO DE QUEJAS VERBALES ITINERANTES DE LA ODECMA LIMA PARA EL AÑO 2019 MAGISTRADO (A) DÍAS HORA SEDE JUDICIAL DRA. MARÍA ESTHER GALLEGOS CANDELAMartes 8 am – 1 pmJuzgados de Paz Letrado de la Victoria DRA. ELIZABETH LOURDES MINAYA HUAYANEYViernes 8 am – 1 pmSede Custer (Juzgados Laborales Transitorios y Permanente con Subespecialidad Previsional) Artículo Segundo.- DISPONER que los Magistrados Contralores que se constituyan a las sedes judiciales programadas, sigan teniendo facultades para efectuar la veri fi cación de la puntualidad, permanencia y las diligencias de control que sean necesarias para veri fi car el debido cumplimiento de los deberes funcionales por parte de los Magistrados y personal jurisdiccional de dichas dependencias judiciales y garantizar con ello, el cumplimiento de los objetivos de la política de prevención, en coordinación con la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial de esta ODECMA, pudiendo para tal efecto constituirse adicionalmente otro día del señalado en el rol de quejas itinerantes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Coordinadora Administrativa de ODECMA las gestiones administrativas y logísticas para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, asimismo ENCARGAR al Jefe de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial la supervisión y seguimiento del Programa de Quejas Verbales Itinerantes debiendo velar por su efectivo cumplimiento. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Jefatura Suprema de la O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; o fi ciándose para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. En consecuencia: Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DELFINA VIDAL LA ROSA SÁNCHEZ Jefa de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMACorte Superior de Justicia de Lima 1750144-1 Reconforman la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao y aprueban otras disposiciones CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 231-2019-P-CSJCL/PJ Callao, 13 de marzo de 2019VISTOS: La Resolución Administrativa de Presidencia Nº 222-2019-P-CSJCL/PJ de fecha 11 de marzo de 2019, el O fi cio s/n-MMCA-CSJCL de fecha 13 de marzo de 2019 remitido por la magistrada María Magdalena Clavijo Arraiza y la Solicitud s/n de fecha 12 de marzo de 2019 formulada por las señoras magistradas Beatriz Yolanda Sánchez Ramos y Julia Elena Vivero Diez. CONSIDERANDO: Que, es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna de su distrito judicial, así como ejercer las demás atribuciones que le confi eren las leyes y los reglamentos, con la fi nalidad de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables, tal como se establece en los numerales 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, a través de la Resolución Administrativa de Presidencia Nº 222-2019-P-CSJCL/PJ, de fecha 11 de marzo de 2019, se dispuso reconformar diversas Salas