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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2019 (15/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2019 / El Peruano 17 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del contenido de la solicitud de clasi fi cación ambiental para: DGAAM, ANA, y SERNANPUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del contenido de la solicitud de Clasi fi cación Ambiental.BG05 Evaluación del Estudio para Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana).Art. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para Exploración, Explotación y Bene fi cio. 18 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del contenido de la solicitud de clasi fi cación ambiental para: DGAAM, ANA, y SERNANPUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del contenido de la solicitud de Clasi fi cación Ambiental.BG06 Caso A Modi fi cación de Estudio para Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana) Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Para Exploración, Explotación y Bene fi cioArt. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 19 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del contenido de la solicitud de clasi fi cación ambiental para: DGAAM, ANA y SERNANPUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado debidamente foliados del Informa Técnico que sustenta su solicitud.BG06 Caso B Modi fi cación de Estudio para Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana) Caso B: Informe Técnico Sustentatorio respecto del cambio de cronograma, Modi fi cación de Componentes Auxiliares a ampliaciones de los referidos Proyectos de Inversión, siempre que no generen Impacto Ambiental Signi fi cativo o pretendan realizar mejoras tecnológicas en sus operacionesArt. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 20 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del contenido de la solicitud de clasi fi cación ambiental para: DGAAM, ANA, y SERNANPUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del contenido de la solicitud de Clasi fi cación Ambiental. BG08 - Evaluación del Estudio para Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana). Categoría II: Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado para Pequeño Productor Minero o Artesanal (Lima Metropolitana) para Exploración, Explotación y Bene fi cio.Art. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 21 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del contenido de la solicitud de clasi fi cación ambiental para: DGAAM, ANA, y SERNANPUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del contenido de la solicitud de Clasi fi cación Ambiental.BG09 Modi fi cación de Estudio para Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana) para Exploración, Explotación y Bene fi cio. Caso A: Categoría II: Estudio de Impacto Ambiental SemidetalladoArt. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 22 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del Plan de Cierre para DGAAM, DGM, DIGESA y DGAA-MINAGUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del Plan de Cierre.BG11 Evaluación de Plan de Cierre de Minas y de Pasivos Ambientales Mineros. Gran y Mediana MineríaArt. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 23 Un ejemplar impreso y tres ejemplares digitalizados debidamente foliados del Plan de Cierre para DGAAM, DGM, DIGESA y DGAA-MINAGUn ejemplar impreso y un ejemplar digitalizado del Plan de Cierre.BG12 Evaluación de Plan de Cierre de Minas y de Pasivos Ambientales Mineros. Pequeño Productor Minero o Minero Artesanal (Lima Metropolitana)Art. 37 del Decreto Supremo N° 013-2002-EM 24 Certi fi cado emitido por INDECOPI de no haber sido declarado en insolvencia en los últimos 5 años ni estar en proceso de reestructuración, para el caso de entidades extranjeras deberán presentar los documentos sustentatorios correspondientes, para el caso de asociaciones (consorcios) este requisito se aplica para todas las personas jurídicas asociadas de manera individual.Declaración jurada de entidad solicitante de no haber sido declarado en insolvencia en los últimos 5 años ni estar en proceso de reestructuración en el INDECOPI, o el organismo competente en su país de origen. En caso de consorcios, este requisito se aplica para todas las personas jurídicas asociadas de manera individual.IG04 - Inscripción en el Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Planes de Cierres de MinasNumeral 8 del artículo 16 del Decreto Supremo N° 039-2005-EM