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11 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 El Peruano / Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.KEN TAKAHASHI GUEVARA Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrologíadel Perú – SENAMHI 1754791-1 Designan Directora de la Oficina de Administración del SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 052-2019-SENAMHI/PREJ Lima, 28 de marzo de 2019VISTA:La Nota de Elevación Nº D000052-2019-SENAMHI- ORH de la O fi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 044-2019-SENAMHI/PREJ, se designa temporalmente al señor LAITER LUIS GARCIA TUEROS para el desempeño de las funciones de Director de la O fi cina de Administración del SENAMHI; Con el visado del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Recursos Humanos y del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación temporal efectuada al señor LAITER LUIS GARCIA TUEROS para el desempeño de las funciones de Director de la O fi cina de Administración del SENAMHI. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la señora CYNTHIA LIZ ORMEÑO YORI en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración del SENAMHI. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a los servidores mencionados en los artículos anteriores y a la Ofi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.KEN TAKAHASHI GUEVARA Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrologíadel Perú – SENAMHI 1754791-2CUL TURA Aprueban Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 DECRETO SUPREMO N° 002-2019-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal del Estado; precisándose que el Sector Cultura comprende al Ministerio de Cultura, las entidades a su cargo, las organizaciones públicas de nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia, incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades referidas al Sector, y que el mismo considera en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones culturales del país que re fl ejan la diversidad pluricultural y multiétnica; Que, de acuerdo al artículo 4 de la Ley Nº 29565, las áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado son a) patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; b) creación cultural contemporánea y artes vivas; c) gestión cultural e industrias culturales; y, d) pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, conforme al literal c) del artículo 7 de la norma antes citada, entre las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno, se encuentra el fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fi nes, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas y promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fi nes del Sector; Que, la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2019, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes; asimismo, dispone que las condiciones, procedimientos y demás normas complementarias deben ser aprobadas mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Cultura; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del ReglamentoApruébese el Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Normas complementarias El Ministerio de Cultura aprueba las normas complementarias que se requieran para la aplicación del Reglamento aprobado en el artículo precedente.