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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2019 (29/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 / El Peruano dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en este añ o fi scal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 24 512 244,00 (VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio Público, para fi nanciar el reforzamiento de las fi scalías especializadas y otras a nivel nacional, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 10 844 544,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 13 667 700,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 24 512 244,00 =========== A LA:SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Ministerio PúblicoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0086 : Mejora de los servicios del Sistema de Justicia Penal En Soles PRODUCTO 3000639 : Casos resueltos en primera y segunda instancia con el Código Procesal Penal ACTIVIDAD 5004972 : Resolver casos en las etapas de investigación preliminar, preparatoria, intermedia y juzgamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 10 844 544,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros 10 777 700,00 PROYECTO 2441378 : Adquisición de ascensores; en el(la) Distrito Fiscal de Lima - Sede Carabaya; Ministerio Publico en la localidad Lima, distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros 320 000,00 PROYECTO 2441375 : Adquisición de ascensores; en el(la) Distrito Fiscal de Lima - Sede Central; Ministerio Publico. en la localidad Lima, distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros 1 520 000,00 En Soles PROYECTO 2441377 : Adquisición de ascensores; en el(la) Distrito Fiscal de Lima - Sede Wiesse; Ministerio Publico en la localidad Lima, distrito de Lima, Provincia lima, Departamento Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros 1 050 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 24 512 244,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en esta Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que se refi ere el artículo 1 de este Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1754997-2 Autorizan viaje del Gerente de la Gerencia de Técnica Aduanera de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera de la SUNAT a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 125-2019-EF/10 Lima, 27 de marzo de 2019