Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2019 (15/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 15 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Designan Asesora II de la Presidencia Ejecutiva del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 089-2019-OSCE/PRE Jesús María, 14 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorando Nº D000305-2019-OSCE-OAD de la Oficina de Administración, y el Informe Nº D000123-2019OSCE-UREH de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor II (CAP-P Nº 03) de la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE; Que, en tal sentido, se estima conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Administración, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Jefe (s) de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Vilma Jacqueline Calderón Vigo en el cargo de confianza de Asesora II (CAP-P Nº 03) de la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1769171-2

GG-OGAJ, de fecha 13 de mayo de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 120-2017-TR, reordenado por las Resoluciones de Superintendencia N°s 168 y 216-2017-SUNAFIL, N°s 025 y 080-2018-SUNAFIL y N°s 63 y 148-2019-SUNAFIL, el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto tiene la clasificación de empleado de confianza; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 205-2017-SUNAFIL, de fecha 11 de octubre de 2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 2017, se designó a la señora Lilia Reyes Ruiz en el cargo de Sub Intendente de la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL; Que, la referida servidora ha presentado su renuncia al cargo, con efectividad al 15 de mayo de 2019, la misma que se ha visto por conveniente aceptar, por lo que corresponde adoptar las acciones de personal necesarias a fin de designar al profesional que ocupará el cargo vacante; Que, a través del Informe de vistos, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, emite opinión favorable para la designación de la señora Maylin Jassira Wong Uribe en el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto, considerando que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la SUNAFIL (Versión 04), aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 240-2017-SUNAFIL; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Administración, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 15 de mayo de 2019, la renuncia formulada por la señora LILIA REYES RUIZ, al cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 15 de mayo de 2019, a la señora MAYLIN JASSIRA WONG URIBE en el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Loreto de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 160-2019-SUNAFIL Lima, 14 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 375-2019-SUNAFIL/IRE-LOR-01, de fecha 3 de mayo de 2019, de la Intendencia Regional de Loreto; el Informe N° 370-2019-SUNAFIL/GG-OGA-ORH, de fecha 9 de mayo de 2019, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° 1618-2019-SUNAFIL-GG-OGA, de fecha 13 de mayo de 2019, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 176-2019-SUNAFIL/

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