Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2019 (15/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 15 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, con Oficio Nº 228-2018-GGR-GR/GOB.REG. TACNA de fecha 18 de junio 2018 y recepcionado el 19 del mismo mes y año, emitido por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna, sobre la "Aprobación de Reglamento Interno de la mesa regional para la atención de las personas adultas mayores de la Región Tacna", anexando el Proyecto de Reglamento y los respectivos informes. Que, con el Oficio Circular Nº 070-2017-GRDISSGPDSIO/GOB.REG.TACNA de fecha 24 de noviembre de 2017 emitido por la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; el Informe Nº 007-2018-GRDIS-SGPDSIO-ELC/GOB.REG.TACNA de fecha 06 de febrero de 2018 emitido por la responsable de la "Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Tráfico ilícito de Migrantes" y SINEACE; el Informe Nº 022-2018-GRDIS-SGPDSIO/GOB.REG.TACNA de fecha 08 de febrero de 2018 emitido por la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; el Informe Nº 017-2018-GRDIS/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de febrero de 2018 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe Nº 070-2018-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA de fecha 20 de marzo de 2018 emitido por Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional; el Oficio Nº 730-2018-SGDOGRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 21 de marzo de 2018 emitido por Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 886-2018ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 06 de junio de 2018 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 003-2018-CODSCR/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de setiembre de 2018, sobre: "APROBACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de noviembre de 2018. Que, teniendo en cuenta los informes favorables que sustentan el pedido de aprobación del "Reglamento Interno de la Mesa Regional para la Atención de las Personas Adultas Mayores de la Región Tacna" y con el fin de cumplir con lo normado por la Ordenanza Regional Nº 048-2014-CR/GOB.REG.TACNA, corresponde su respectiva aprobación mediante Ordenanza Regional por parte del Pleno del Consejo Regional de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA, el cual consta de cinco (05) Títulos, quince (15) artículos y tres (03) Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, el anexo se publicará en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-

JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día catorce de noviembre del año dos mil dieciocho. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 8 de marzo de 2019. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional Gobierno Regional de Tacna 1768462-2

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Modifican la Ordenanza Nº 097 que regula el uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada en el distrito
ORDENANZA Nº 383/MDLM La Molina, 30 de abril del 2019 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha el proyecto de Ordenanza modificatoria de la Ordenanza Nº 097, que regula el uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada en el distrito de La Molina, propuesto por el señor Alcalde, en atención a lo remitido mediante el Memorando Nº 768-2019-MDLM-GM, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 2º inciso 1) y 16) de la Constitución Política del Perú, consagra derechos fundamentales el derecho a la vida, a la identidad, la integridad moral, psíquica y física, a su libre desarrollo y bienestar y a la propiedad, los que deben ser debidamente protegidos y garantizados por el Estado, de conformidad a lo establecido en el artículo 1º de la mencionada Carta Magna, que a la letra dice: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado"; Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, dado una serie de cambios en la estructura orgánica de esta entidad, así como en la normativa que sustentó la dación de la Ordenanza Nº 097 ello desde su entrada en vigencia el 17 de enero del año 2005 hasta

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