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12 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2019 / El Peruano Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Qhasqa de Taya, del distrito de Lluta, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, por constituir un ciclo ceremonial que se encuentra integrado al calendario productivo de la comunidad; un espacio de reproducción de la cosmovisión, la memoria, la transmisión de saberes y del sistema de autoridades tradicionales del centro poblado de Taya; así como por ser una práctica que contribuye a la cooperación en el trabajo, la gestión social de los recursos naturales, la reciprocidad al interior de la comunidad y la continuidad de la ritualidad que rinde culto a la madre tierra. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe N° 000108-2019/DPI/DGPC/VMPCIC/MC. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 000108-2019/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos, y a la Municipalidad Distrital de Lluta, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1769447-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías DECRETO SUPREMO N° 153-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal c) del párrafo 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2019 a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), hasta por la suma de S/ 10 154 040,00 (DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el Plan 20, que busca implementar veinte (20) puntos de control para la ejecución del Plan de Seguridad Vial “Unidos salvemos vidas”; precisándose que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; Que, a través del O fi cio N° 0100-2019-SUTRAN/01.2, la SUTRAN solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, para el fi nanciamiento de las actividades del Plan 20 - Plan de Seguridad Vial “Unidos salvemos vidas”, en el marco de lo dispuesto en el literal c) del párrafo 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 30879; Que, con Memorando N° 641-2019-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe Nº 151-2019-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego SUTRAN, para el fi nanciamiento de las actividades del Plan 20 - Plan de Seguridad Vial “Unidos salvemos vidas”; asimismo, indican que se cuenta con los recursos en el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2019, en la Unidad Ejecutora 001: Administración General, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en virtud del cual, con O fi cio N° 986-2019-MTC/04, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos a través de los Memorandos N°s 533 y 557-2019-EF/53.04 efectúa la estimación del costo para fi nanciar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y la prestación de servicios de efectivos policiales en el marco de convenios interinstitucionales, requeridos por la SUTRAN para la implementación de las actividades del Plan 20 - Plan de Seguridad Vial “Unidos salvemos vidas”; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 10 003 335,00 (DIEZ MILLONES TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 001: Administración General, a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del párrafo 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 10 003 335,00 (DIEZ MILLONES TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 001: Administración General a favor del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, para el