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17 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2019 El Peruano / Que, conforme al numeral 5.9.1.1 de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria al referido concurso es aprobada por resolución viceministerial, conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local; Que, a través del O fi cio Nº 00791-2019-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00275-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, en el cual se sustenta y solicita que se convoque al concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2019 y se apruebe el cronograma del referido concurso; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección de Evaluación Docente y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada “Norma que regula el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2019”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 115-2019-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Convocar al concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2019, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 115-2019-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el cronograma del concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2019, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1769763-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica a favor de Energy Power Perú Consulting S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2019-MEM/DM Lima, 10 de mayo de 2019VISTOS: El Expediente N° 11383618 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Central Hidroeléctrica La Herradura-El Gallo, presentada por Energy Power Perú Consulting S.A.C.; y, los Informes N° 107-2019-MEM/DGE-DCE y N° 362-2019-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante el documento con registro N° 2773734 de fecha 29 de diciembre de 2017, Energy Power Perú Consulting S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica La Herradura-El Gallo (en adelante el Proyecto), con una potencia instalada de 93 MW, ubicada en el distrito de Sayán, provincia de Huaura, y los distritos de Cochamarca y Naván, provincia de Oyón, del departamento de Lima; Que, mediante el O fi cio N° 129-2018-MEM/DGE notifi cado 25 de enero de 2018, la Dirección General de Electricidad admite a trámite la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva de generación para el Proyecto, presentado por la empresa Energy Power Perú; Que, a través de los Informes de Vistos, se veri fi ca que Energy Power Perú Consulting S.A.C. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que corresponde otorgar la concesión de fi nitiva de generación de energía eléctrica para el proyecto Central Hidroeléctrica La Herradura-El Gallo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modi fi catorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de Energy Power Perú Consulting S.A.C., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Central Hidroléctrica La Herradura-El Gallo, con una potencia instalada de 93 MW, ubicada en el distrito de Sayán, provincia de Huaura, y los distritos de Cochamarca y Naván, provincia de Oyón, del departamento de Lima, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 528- 2019 a suscribirse entre Energy Power Perú Consulting S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al indicado Contrato de Concesión N° 528-2019, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Energy Power Perú Consulting S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento citado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1769094-1