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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2019 (16/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2019 El Peruano / Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Ana María Martínez Berndt de Piccone, en el cargo de con fi anza de Directora de Programa Sectorial III, Nivel F-4, del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos realice las acciones que correspondan para la reserva de la plaza del cargo de Directora del Programa Sectorial II, Nivel F-3, del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1769630-1 RELACIONES EXTERIORES Pasan a la situación de retiro a Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2019-RE Lima, 15 de mayo de 2019VISTO:El Informe (OAP) N° 093/2019, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 9 de mayo de 2019; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema; la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 093/2019 ha señalado que el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Oscar Guillermo Barrenechea Núñez del Arco, cumplirá el 3 de julio de 2019, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091;De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Oscar Guillermo Barrenechea Núñez del Arco, el 3 de julio de 2019, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Oscar Guillermo Barrenechea Núñez del Arco, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1769770-7 SALUD Disponen redución de montos de derechos, la simplificación de requisitos y la adecuación de diversos procedimientos administrativos establecidos en el TUPA del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2019/MINSA Lima, 14 de mayo del 2019 Visto, el Expediente Nº 19-044897-001, que contiene los Memorándums Nºs 934-2019-DIGEMID-DG-EA-PyP/MINSA y 970-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; el Memorándum Nº 864-2019-OGA/MINSA y el Informe Técnico Nº 004-2019-HEV-OGA/MINSA, de la O fi cina General de Administración; y, el Informe Nº 066-2019-OOM-OGPPM/MINSA, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud – MINSA es el organismo rector del Sector Salud; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; así también, señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis, respecto a las normas de alcance general que establecen procedimientos administrativos; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria – ACR, señalando que las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar