Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2019 (22/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2019 El Peruano / Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica (incluido impuestos) USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USD Abdón Senón Máximo Segundo Espada709.37 370.00 4 1,480.00 Paolo Fernando Muñoz Cahuana709.37 370.00 4 1,480.00 Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores, un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos así como el detalle de los gastos efectuados en base a la presente autorización. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1770659-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0349/RE-2019 Lima, 20 de mayo de 2019CONSIDERANDO:Que, la Presidencia Pro Tempore argentina del MERCOSUR, ha invitado al Perú a participar en la XXVII Reunión del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jurídicos (GTACJ) de los Países Miembros y Estados Asociados del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 23 al 24 de mayo del 2019; Que, el GTACJ tiene la fi nalidad de examinar y elaborar propuestas en los temas vinculados con la cooperación consular entre los Estados miembros y asociados del MERCOSUR, la facilitación del tránsito y la promoción de la igualdad de garantías, derechos y obligaciones de los ciudadanos de la región, entre otros; Que, se estima importante la participación en la referida reunión del Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1. - Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Enrique Bustamante Llosa, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 23 al 24 de mayo del 2019, a fi n de participar en la XXVII Reunión del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jurídicos (GTACJ) del MERCOSUR. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes aéreos US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ César Enrique Bustamante Llosa 395.00 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1770775-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban documento denominado “Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2019-TR Lima, 21 de mayo de 2019VISTOS: El Informe Técnico Nº 35-2019-MTPE/2/15.1 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales, el O fi cio N° 342- 2019-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y el Informe N° 1170-2019-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley; asimismo, en el inciso 1 de su artículo 26 se establece que en la relación laboral se respeta, entre otros, el principio de igualdad de oportunidades sin discriminación; Que, el artículo 2 del Convenio 100 de la Organización Internacional del Trabajo sobre igualdad de remuneración, ratifi cado por el Estado peruano en febrero de 1960, señala que todo miembro deberá promover y, en la medida en que sea compatible con los métodos vigentes de fi jación de tasas de remuneración, garantizar la aplicación del principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor; Que, el artículo 2 del Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la discriminación (empleo y ocupación), rati fi cado por el Estado peruano en agosto de 1970, prevé que todo miembro para el cual se halle en vigor este documento, se obliga a formular y llevar a cabo una política nacional que promueva, por métodos adecuados a las condiciones y a la práctica nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de eliminar cualquier discriminación a este respecto; Que, asimismo, la Declaración de la Organización Internacional de Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptada en junio de 1998, compromete a los miembros del referido organismo internacional, a promover el