Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2019 (25/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 25 de mayo de 2019 / El Peruano las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el año fi scal”; Que, adicionalmente, el numeral 25.2 del artículo 25 de la precitada Directiva establece que “La aprobación de la incorporación de mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo Nº 04/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal y las motivaciones que las originan. Copias de dichas resoluciones y anexos respectivos se presentan, según el plazo establecido en el respectivo Cuadro de Plazos, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440”; Que, mediante documentos de vistos, la Unidad Ejecutora N° 002 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL, informa que al primer trimestre se ha percibido el importe de S/ 18,937.29, por concepto de intereses generados por la Cuenta Única de Tesoro - CUT, correspondiendo a una recaudación por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, a través del Informe N° 020-2019-SIS-FISSAL/ OPP, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL, requiere incorporar en el nivel institucional los ingresos obtenidos de la Unidad Ejecutora N° 002 Fondo Intangible Solidario de Salud por la suma de S/ 18,937.29 (Dieciocho mil novecientos treinta y siete y 29/100 soles), generados por la Cuenta Única de Tesoro (CUT) por intereses acumulados desde el mes de Enero a Marzo del presente año, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL, a través del Informe N° 048-2019-SIS-FISSAL/OAJ, concluye que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos deben ser aprobadas por el Titular del Pliego; Que, a efectos de proceder con la utilización de los mencionados recursos y mantener el equilibrio presupuestario, se requiere incorporar mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, para el año fi scal 2019, producto de mayor recaudación informado por la O fi cina de Administración de la UE 002 FISSAL. En tal sentido, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional “emite opinión favorable para incorporar en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 002 FISSAL del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, el monto de S/ 18,937.29 por Incorporación de Mayores Ingresos Públicos, según lo establecido en el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y según Directiva N° 001-2019-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; Con el visto del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del SIS; y de la Secretaria General del SIS; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, para el año fi scal 2019, hasta por la suma de S/ 18,938.00, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: Fuente de fi nanciamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados 1. : Ingresos Presupuestarios1.5 : Otros Ingresos1.5.1.1 : Renta de Propiedad Financiera1.5.1.1.1.1 : Intereses por Depósitos TOTAL INGRESOS S/ 18,938 ------------- EGRESOS: Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 135 SEGURO INTEGRAL DE SALUDUnidad Ejecutora : 002 Fondo Intangible Solidario de SaludCategoría Presupuestaria : 9001 Acciones CentralesProducto/Proyecto : 3.999999 Sin ProductoActividad : 5.000003 Gestión Administrativa Fuente de fi nanciamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados Categoría de Gasto : 5 Gasto Corriente2. Gasto Presupuestario3. Bienes y Servicios S/ 18,938 ------------- TOTAL EGRESOS S/ 18,938 ======== Artículo 2.- Codi fi cación La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingreso, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la presente resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1772876-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL N°082-2019/SIS Lima, 24 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 274-2019-SIS-FISSAL/ OA de la Oficina de Administración del FISSAL, el Informe N° 021-2019-SIS-FISSAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL, el Informe N° 053-2019-SIS-FISSAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del FISSAL , el Oficio Nº 428-2019-SIS-FISSAL/J de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, el Informe N° 031-2019-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 104-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y, el Informe N° 244-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 244-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural N° 255-2018/ SIS, de fecha 31 de diciembre del 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, para el año fi scal 2019;