Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2019 (25/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 25 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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Supervisión Bancaria A de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, y César Neill Pajares Paz, Supervisor Principal de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos para que participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS Nº SBSDIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Tulio Enrique Sánchez Sheen, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria A de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, y César Neill Pajares Paz, Supervisor Principal de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 27 al 31 de mayo de 2019, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos US$ 702.68 US$ 2,960.00

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de noviembre del 2018 a marzo del 2019
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000022-2019-GRJ/GRDE/DREM/DR Huancayo, 9 de abril del 2019 EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS DE JUNIN VISTO: El Reporte Nº 010-2019.GRJ/GRDE/DREM/OAJ, de fecha 09 de abril del 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección regional de Energía y Minas de Junín, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley general de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, a partir del 03 de febrero del 2008 el Gobierno regional de Junín es competente para tramitar y expedir resoluciones en el proceso relativo a los petitorios mineros formulados por Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales, en merito a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 046-2008MEM/DM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 02 de febrero del 2008, que declara la conclusión del proceso de transferencia de funciones sectoriales y facultades en materia minera señaladas en el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM. Así lo dispone la primera disposición transitoria del Decreto Supremo Nº 0842007-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de diciembre de 2007. Que, de conformidad a la Ordenanza regional Nº 1512012-GRJ/CR, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín, y; Con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y; el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; e, inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de noviembre del 2018 a marzo del 2019, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ Director Regional de Energía y Minas

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1772232-1

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