Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2019 (25/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 25 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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COOPERACION INTERINSTITUCIONAL SUSCRITO ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICACONCYTEC Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO-UNSAAC, CON PARTICIPACION DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CIENTIFICO TECNOLOGICA Y DE INNOVACION TECNOLOGICA-FONDECYT, aprobado por Resolución Nro. CU-291-2017-UNSAAC de fecha 07 de julio de 2017 y Resolución Nro. CU-0441-2017UNSAAC de fecha 18 de diciembre de 2017, consistente en el segundo desembolso en un 50% equivalente al importe de S/ 108,000.00 (Ciento ocho mil con 00/100 soles) de un total de S/ 216,000.00 soles, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- EL EGRESO se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nro. 1120-2019, que en anexo forma parte de la presente resolución. Tercero.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución adopte las acciones correspondientes a efecto de proceder con la referida transferencia financiera. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (a.i.) 1772209-1

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Costa Rica, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 676-2019 Arequipa, 20 de mayo de 2019 Visto el Oficio Nº 425-2019-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización de viaje con fines de investigación al extranjero correspondiente al Dr. JUAN LUNA CARPIO, y a la Dra. PATRICIA PILAR ZIRENA BEJARANO, Docentes adscritos al Departamento Académico de Administración de la Facultad de Administración de la UNSA. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, respecto a las solicitudes presentadas por los docentes de la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, seguro de viaje, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de pasantías académicas en Instituciones de Educación Superior en el extranjero. 2. Para obtener la resolución

correspondiente, deberán presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación adjuntando lo siguiente: a) Documento que acredita las características y aceptación del evento y/o actividad académica. b) Copia del Acuerdo de Consejo de Facultad que le otorga la Licencia para asistir al evento y/o actividad. c) Carta de Compromiso Notarial, por la que declaren que en el plazo máximo de 01 año después de concluida el evento y/o actividad académica con la ponencia del trabajo de investigación, deberán publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS. WEBSCIENCE), en calidad de autor o coautor, pudiendo ser la publicación o la aprobación de la publicación por parte de la revista, y en caso de incumplimiento, autorizar el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos, para cuyo efecto, celebrarán un contrato". Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado de Investigación eleva las solicitudes efectuadas por el Dr. JUAN LUNA CARPIO, y la Dra. PATRICIA PILAR ZIRENA BEJARANO, Docentes adscritos al Departamento Académico de Administración de la Facultad de Administración de la UNSA, recomendando la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e inscripción, para que participen en el "27 Congreso Global de Administración de Empresas y Finanzas", a llevarse a cabo en la ciudad de San José de Costa Rica, del 28 al 31 de mayo de 2019, participando, la Dra. Patricia Pilar Zirena Bejarano, en calidad de ponente con el manuscrito completo titulado: "Utilización de la Ingeniería del valor en micro y pequeñas empresas: caso sector textil Arequipa-Perú"; adjuntando para tal efecto: a) Copia de las cartas de aceptación de fechas 11 de febrero de 2019, y 22 de abril de 2019; suscritas por Mercedes Jalbert, Conference Director and Managing Editor; b) Copia de la Resolución Subdirectoral Nº 8782019-SDRH, y de la Resolución Subdirectoral Nº 8792019-SDRH, ambas de fecha 02 de mayo de 2019, emitidas por las Subdirectora de Recursos Humanos, por las que se autoriza el otorgamiento de la Licencia correspondiente a cada solicitante, respectivamente; c) Copia de la Cartas de Compromiso Notarial de fechas 08 de abril de 2019, mediante las cuales, las docentes declaran que en el plazo máximo de 01 año después de concluida la Ponencia con fines de investigación, deberán publicar sus trabajos de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS. WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autorizan el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos; y, d) Copia de los escritos de los docentes dirigidos al Vicerrectorado de Investigación por el que señalan que el monto de la inscripción correspondiente al Dr. Juan Luna para asistir a dicho evento asciende a S/ 1465.20 Soles, y el monto de la inscripción correspondiente a la Dra. Patricia Pilar Zirena Bejarano para asistir a dicho evento asciende a S/ 1298.70 Soles. Que, la participación de los docentes con sus trabajos de investigación en el citado evento de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Trámite para Pasajes y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje, inscripción y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante Oficio Nº 703-2019-OUPLUNSA indica que revisado el presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado.

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