Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 115
El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019
NORMAS LEGALES
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323-MSB 324-MSB 325-MSB 357-MSB 358-MSB 364-MSB 372-MSB 382-MSB 384-MSB 388-MSB 399-MSB 409-MSB 410-MSB 418-MSB 425-MSB 434-MSB 436-MSB 438-MSB 439-MSB 440-MSB 447-MSB 448-MSB 453-MSB 471-MSB 475-MSB 495-MSB 480-MSB 490-MSB 492-MSB 578-MSB 579-MSB 591-MSB 580-MSB 583-MSB 605-MSB Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y OFICIAR a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para que proceda a la consolidación legal correspondiente y reporte al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1822821-1
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, resulta necesario reconocer y distinguir los logros obtenidos y/o acciones realizadas por personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, así como a las entidades públicas o privadas que hubiesen contribuido a los fines, objetivos, desarrollo y/o progreso de San Juan de Lurigancho; Que, es política permanente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cumplir con su finalidad, competencia y función específica en materia cultural, orientada a promover el desarrollo humano sostenible, dentro de una cultura de paz y armonía; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º numeral 8), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APRUÉBESE el "Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho" que consta de 26 artículos, que establece las normas, pautas y procedimientos que regulan el otorgamiento de las condecoraciones en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, dando cuenta posteriormente al Concejo Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- En caso de vacío del presente Reglamento se resuelve en primera instancia por el Alcalde y, en última instancia, por el Concejo Municipal, dando cuenta posteriormente al Concejo Municipal. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación del Reglamento en el portal institucional de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1822837-1
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA Nº 394-MDSJL San Juan de Lurigancho, 30 de setiembre de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de setiembre de 2019, el Dictamen Nº 002-CAJFT-CM/ MDSJL de fecha 19 de agosto del 2019 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia y documentos conexos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Encargan a la Gerencia Municipal instruir y resolver lo relacionado a la conformación de comités de gestión y la ejecución de obras comunales
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1306-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 18 de octubre del 2019. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO.