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115 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de noviembre de 2019 El Peruano / 323-MSB 324-MSB 325-MSB 357-MSB 358-MSB 364-MSB 372-MSB 382-MSB 384-MSB 388-MSB 399-MSB409-MSB 410-MSB418-MSB 425-MSB434-MSB436-MSB438-MSB439-MSB440-MSB447-MSB 448-MSB453-MSB471-MSB475-MSB495-MSB 480-MSB490-MSB492-MSB578-MSB 579-MSB 591-MSB 580-MSB583-MSB605-MSB Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y OFICIAR a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para que proceda a la consolidación legal correspondiente y reporte al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1822821-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 394-MDSJL San Juan de Lurigancho, 30 de setiembre de 2019EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de setiembre de 2019, el Dictamen Nº 002-CAJFT-CM/MDSJL de fecha 19 de agosto del 2019 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia y documentos conexos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, resulta necesario reconocer y distinguir los logros obtenidos y/o acciones realizadas por personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, así como a las entidades públicas o privadas que hubiesen contribuido a los fi nes, objetivos, desarrollo y/o progreso de San Juan de Lurigancho; Que, es política permanente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cumplir con su fi nalidad, competencia y función especí fi ca en materia cultural, orientada a promover el desarrollo humano sostenible, dentro de una cultura de paz y armonía; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º numeral 8), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APRUÉBESE el “Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho” que consta de 26 artículos, que establece las normas, pautas y procedimientos que regulan el otorgamiento de las condecoraciones en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, dando cuenta posteriormente al Concejo Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- En caso de vacío del presente Reglamento se resuelve en primera instancia por el Alcalde y, en última instancia, por el Concejo Municipal, dando cuenta posteriormente al Concejo Municipal. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación del Reglamento en el portal institucional de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1822837-1 Encargan a la Gerencia Municipal instruir y resolver lo relacionado a la conformación de comités de gestión y la ejecución de obras comunales RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1306-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 18 de octubre del 2019.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO.