Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2019 (09/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
DICE:

Sábado 9 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Peruano, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por la presente resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1825154-1

"34.10 (...) (...) la segunda revisión con dictamen No Conforme, (...)". DEBE DECIR: "34.10 (...) (...) la cuarta revisión con dictamen No Conforme, (...)". En la página 43 DICE: "35.9 (...) la segunda revisión con dictamen No Conforme, (...)". DEBE DECIR: "35.9 (...) la cuarta revisión con dictamen No Conforme, (...)". En la página 53 DICE: "64.11 (...) (...) la sexta revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". DEBE DECIR: "64.11 (...) (...) la octava revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". En la página 55

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 029-2019-VIVIENDA DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACIÓN Mediante Oficio Nº 001679-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, publicado en la edición del 6 de noviembre de 2019. En la página 34 DICE: "13.9 (...) la segunda revisión del proyecto para habilitaciones urbanas con dictamen No Conforme o, de la sexta revisión (...)". DEBE DECIR: "13.9 (...) la cuarta revisión del proyecto para habilitaciones urbanas con dictamen No Conforme o, de la octava revisión (...)". En la página 39 DICE: "26.7 (...) (...) (...) la segunda revisión con dictamen No Conforme, (...)". DEBE DECIR: "26.7 (...) (...) (...) la cuarta revisión con dictamen No Conforme, (...)". En la página 43

DICE: "66.7 (...) la sexta revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". DEBE DECIR: "66.7 (...) la octava revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". En la página 57 DICE: "73.5 (...) (...) la segunda revisión con dictamen No Conforme, (...)". DEBE DECIR: "73.5 (...) (...) la cuarta revisión con dictamen No Conforme, (...)". En la página 58 DICE: "75.7 (...) (...) la sexta revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". DEBE DECIR: "75.7 (...) (...) la octava revisión no las subsana de forma satisfactoria, (...)". 1825263-1

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