Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2019 (09/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07465-SG-19 del Despacho Rectoral, sobre viaje al exterior del país en comisión de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 04536-R-19 de fecha 13 de agosto de 2019, se aceptó la invitación efectuada al Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por la Universidad de Chile, para participar en la Tercera Reunión Anual del FLAUC (Fundan Latin American Universities Consortium), a realizarse los días 11 y 12 de noviembre de 2019, en la ciudad de Santiago de Chile; Que con Resolución Rectoral Nº 05826-R-19 del 17 de octubre de 2019, se aceptó la invitación efectuada al Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por la Universidad de Chile, para participar en el Foro de Líderes Universitarios de APEC, organizado por la mencionada Universidad, la Asociación de Universidades de la Cuenca del Pacífico (APRU) y en coordinación con la Cumbre de Directores Generales de APEC, a realizarse el 14 de noviembre de 2019, en la ciudad de Santiago de Chile; Que mediante Memorándum Nº 237-R-2019 de fecha 17 de octubre de 2019, el Dr. ORESTES CACHAY BOZA, Rector de nuestra Casa Superior de Estudios, solicita se autorice su viaje en Comisión de Servicios del 10 al 15 de noviembre de 2019, para asistir a las invitaciones antes señaladas; Que asimismo, se le otorga el monto de S/. 3,251.50 soles por concepto de pasajes y el monto de US$ 2,220.00 dólares americanos por concepto de viáticos, que se ejecutará con cargo al presupuesto 2019 de la Dirección General de Administración; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades universitarias, es necesario encargar el Despacho Rectoral a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado, por el período que dure la ausencia del titular; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril de 2009; Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: "El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor"; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 10 al 15 de noviembre de 2019, al Dr. ORESTES CACHAY BOZA, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, para participar en la Tercera Reunión Anual del FLAUC (Fundan Latin American Universities Consortium) y en el Foro de Líderes Universitarios de APEC, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, Chile. 2º Otorgar al Dr. ORESTES CACHAY BOZA, las sumas que se indica, con cargo al Presupuesto 2019 de la Dirección General de Administración, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley:
Pasajes aéreos (ida y vuelta) S/. 3,251.50 Viáticos (US$ 370.00 x 6 días) US$ 2,220.00 soles dólares americanos

4º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar al Vicerrectorado Académico de Pregrado, Dirección General de Administración y a la Oficina General de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente resolución rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ORESTES CACHAY BOZA Rector 1825035-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Incorporan Tercera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000226-2019-JN/ONPE Lima, 8 de noviembre del 2019 VISTOS: El Informe N° 000164-2019-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, que a su vez contiene el Informe N° 000373-2019-JANRFP-SGTNGSFP/ONPE, por el que se propone una incorporación al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 025-2018-JN/ONPE, para la difusión de propaganda electoral en medios radiales y televisivos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; así como el Informe N° 000353-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: El artículo 35 de la Constitución Política, modificado por la Ley N° 30905, publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2019, dispone que el financiamiento público tiene por fin promover la participación y fortalecimiento de las organizaciones políticas bajo criterios de igualdad y proporcionalidad. Solo se autoriza la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación rad iales y televisivos mediante financiamiento público indirecto; Al respecto, el artículo 37 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP) dispone que dentro los treinta días hasta los dos días previos a la realización de las Elecciones Generales, los partidos políticos tienen acceso gratuito a los medios de radiodifusión y televisión, de propiedad privada o del Estado, en una franja electoral; De acuerdo al artículo 38 de la LOP le corresponde a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la determinación del tiempo disponible para cada partido político, así como la reglamentación respectiva; Para dicho fin y de conformidad con la LOP y el Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014.J/ ONPE y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, en adelante el Reglamento; mediante Resolución Jefatural N° 000025-2018-JN/ONPE. Que el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 0022019, autoriza a los organismos electorales --en el marco de sus competencias y atribuciones constitucionales--, a expedir reglamentos, normas y demás disposiciones que sean necesarias para la realización de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, incluyendo aquellas

3º Encargar el Despacho Rectoral de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado, por el período del 10 al 15 de noviembre de 2019 y mientras dure la ausencia del titular.

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