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3 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2019 El Peruano / PODER EJECUTIVO AGRICUL TURA Y RIEGO Designan Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 218-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 11 de noviembre de 2019CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 215-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 06 de noviembre de 2019, se encargó las funciones de Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, al señor Juan Javier Arias Domínguez, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la encargatura de funciones al señor Juan Javier Arias Domínguez como Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor MARTIN RODOLFO MONTOYA NEYRA, en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JODIE O. LUDEÑA DELGADO Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural - AGRO RURAL 1825625-1 Aprueban la creación de la Unidad Funcional Especializada en Camélidos Sudamericanos Domésticos, aprueban sus funciones y designan Coordinador RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0157-2019-MINAGRI-SG Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTOS: El O fi cio Nº 771-2019-MINAGRI-DVDIAR-DGGA del Director General de la Dirección General de Ganadería, el Memorándum N° 1909-2019-MINAGRI-SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 200-2019-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM de la Ofi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización, el Informe N° 1173 -2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, modi fi cado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio tiene como ámbito de competencia los recursos forestales y su aprovechamiento, fl ora y sauna, infraestructura agraria, cultivos y crianzas, entre otras materias; Que, conforme el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modi fi catorias, este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, conforme el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modi fi catorias, la Dirección General de Ganadería es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos de la actividad ganadera y con valor agregado, incluyendo los camélidos sudamericanos domésticos, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores y entidades, según corresponda; en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente, el mismo que depende jerárquicamente del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueba el documento denominado: “Lineamientos de Organización del Estado”; cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; para lo cual, las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organizan de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, de conformidad con la Décima Disposición Complementaria Final de los citados Lineamientos, excepcionalmente, además de las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, una entidad pública puede conformar una unidad funcional al interior de alguno de sus órganos o unidades orgánicas, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione así lo justi fi que, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad; Que, la referida Disposición precisa además, que la conformación de la unidad funcional se aprueba mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, salvo disposición expresa establecida en norma con rango de ley o decreto supremo; precisa que las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos, e indica que las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la resolución que aprueba su creación; Que, mediante el documento del Visto, la Dirección General de Ganadería remite el Informe Técnico N° 036-2019-MINAGRI-DVDIAR-DGGA/ERGO, el cual señala que el Perú tiene el privilegio de tener la mayor población mundial de alpacas 80% (3 685,516), de llamas 35% (746 269) y vicuñas el 95% (208 899), situación que amerita tener un trato preferencial a este sub sector, las cuales demás de ser especies oriundas del país, son parte de la cultura de las sociedades Quechuas y Aymaras sobre todo en el Sur y Centro Sur del país y manejadas principalmente por las familias de pastores de la zona andina. Dicha cadena productiva, constituyen