Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2019 (12/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 12 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 218-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 11 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 215-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 06 de noviembre de 2019, se encargó las funciones de Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, al señor Juan Javier Arias Domínguez, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la encargatura de funciones al señor Juan Javier Arias Domínguez como Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor MARTIN RODOLFO MONTOYA NEYRA, en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JODIE O. LUDEÑA DELGADO Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1825625-1

el Memorándum N° 1909-2019-MINAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 200-2019-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, el Informe N° 1173 -2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio tiene como ámbito de competencia los recursos forestales y su aprovechamiento, flora y sauna, infraestructura agraria, cultivos y crianzas, entre otras materias; Que, conforme el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modificatorias, este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, conforme el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modificatorias, la Dirección General de Ganadería es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos de la actividad ganadera y con valor agregado, incluyendo los camélidos sudamericanos domésticos, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores y entidades, según corresponda; en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente, el mismo que depende jerárquicamente del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueba el documento denominado: "Lineamientos de Organización del Estado"; cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; para lo cual, las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organizan de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que, de conformidad con la Décima Disposición Complementaria Final de los citados Lineamientos, excepcionalmente, además de las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, una entidad pública puede conformar una unidad funcional al interior de alguno de sus órganos o unidades orgánicas, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione así lo justifique, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad; Que, la referida Disposición precisa además, que la conformación de la unidad funcional se aprueba mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, salvo disposición expresa establecida en norma con rango de ley o decreto supremo; precisa que las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos, e indica que las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la resolución que aprueba su creación; Que, mediante el documento del Visto, la Dirección General de Ganadería remite el Informe Técnico N° 036-2019-MINAGRI-DVDIAR-DGGA/ERGO, el cual señala que el Perú tiene el privilegio de tener la mayor población mundial de alpacas 80% (3 685,516), de llamas 35% (746 269) y vicuñas el 95% (208 899), situación que amerita tener un trato preferencial a este sub sector, las cuales demás de ser especies oriundas del país, son parte de la cultura de las sociedades Quechuas y Aymaras sobre todo en el Sur y Centro Sur del país y manejadas principalmente por las familias de pastores de la zona andina. Dicha cadena productiva, constituyen

Aprueban la creación de la Unidad Funcional Especializada en Camélidos Sudamericanos Domésticos, aprueban sus funciones y designan Coordinador
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0157-2019-MINAGRI-SG Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 771-2019-MINAGRI-DVDIAR-DGGA del Director General de la Dirección General de Ganadería,

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