Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2019 (12/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 12 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Aprueban Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Período 2019-2029
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 237-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTOS: Los Informes Técnicos Nºs. 046 y 091-2019-MINAGRISERFOR/DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° 086-2019-MINAGRI-SERFOR-GG-OGPP/OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 367-2019-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, asimismo, el literal b. del artículo 14 de la citada Ley, establece como función del SERFOR, entre otras, la de formular, proponer, conducir y evaluar estrategias, planes y programas para la gestión sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación; Que, al respecto, el artículo 39 de la referida Ley, indica que el SERFOR, en coordinación con las autoridades forestales regionales, establece, promueve y aplica medidas para asegurar el aprovechamiento sostenible, conservación y protección de los recursos forestales y de la flora y fauna silvestre a través del ordenamiento, la delimitación de áreas para protección, la identificación de hábitats críticos, la elaboración de listados de categorías de especies por su estado de conservación, la elaboración de planes de conservación de especies y de hábitats frágiles, entre otras; Que, de otro lado, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, ha considerado en el Lineamiento 2 de su Eje de Política 2: Sostenibilidad, que la gestión especial para la conservación y aprovechamiento sostenible de ecosistemas forestales y otros tipos de vegetación silvestre, que se encuentran sujetos a amenazas o procesos de degradación, se efectúa, entre otros, mediante la recuperación y manejo sostenible de las especies de fauna silvestre que se encuentren amenazadas; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0042014-MINAGRI, se aprueba la actualización de la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, la cual incluye a los primates amenazados en diversas categorías; Que, concordante con lo señalado, el artículo 115 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, indica que los planes nacionales de conservación para especies amenazadas de fauna silvestre, son instrumentos de gestión de alcance nacional que tienen por objetivo garantizar la conservación de las poblaciones de especies de fauna silvestre amenazadas y sus hábitats, incluyendo las especies migratorias, cuya conservación es prioridad para el Estado; Que, en el marco de lo expuesto, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, a través de los documentos del visto, formula y sustenta la aprobación del "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 2019 - 2029", el cual ha sido elaborado de manera participativa en coordinación con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM y demás actores vinculados a la conservación de la especie de primates amenazados, siendo que el sustento para su elaboración se encuentra contenido en los Informes Técnicos N° 046 y 091-2019-MINAGRISERFOR/DGPCFFS-DPR;

Que, de esa manera, mediante el Oficio N° 000272019 la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, remite el Informe N° 015-2019-MINAM/VMDERN/DGDB/DCSEE, el cual contiene aportes y recomendaciones realizadas al citado Plan Nacional, que han sido evaluados por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para efectos de determinar su incorporación; Que, asimismo, mediante Informe N° 086-2019MINAGRI-SERFOR-GG-OGPP/OPR la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 2019 - 2029"; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 2019 -2029"; Con el visado del Gerente General, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; el Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI que aprueba la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 20192029", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre coordina con las instituciones que participan en la ejecución del "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 2019 - 2029", las acciones necesarias para su implementación. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de la implementación del "Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú, Periodo 2019-2029"; debiendo informar de los resultados de dicha gestión. Artículo 4.- La implementación del documento aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, en el marco de sus competencias, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto Anual de la República. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismo la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 1825500-1

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