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8 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2019 / El Peruano VISTOS: El Memorando N° 340-2019-MIDIS/VMPES, del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° 322-2019-MIDIS/SG/OGRH, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 476-2019-MIDIS/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 130-2019-MIDIS/VMPES/DGFO, de la Dirección General de Focalización; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Resolución Ministerial N° 105-2019-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, contemplándose el cargo de Director/a de la Dirección de Calidad de la Información de Focalización como cargo de con fi anza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 254- 2018- MIDIS se designa al señor Carlos Alberto Castillo Gonzáles como Director de la Dirección de Calidad de la Información de Focalización de la Dirección General de Focalización; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar a la persona que desempeñe dicho cargo; Con los visados del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; de la Dirección General de Focalización; de la O fi cina General de Recursos Humanos; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos Alberto Castillo Gonzáles como Director de la Dirección de Calidad de la Información de Focalización de la Dirección General de Focalización, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Lady Jackelyn Chávez Valderrama en el cargo de Directora de la Dirección de Calidad de la Información de Focalización de la Dirección General de Focalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1825746-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Decreto Supremo N° 287- 2014-EF, que aprueba monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar autorizado establecen criterios, requisitos, condiciones para su otorgamiento y dictan otras disposiciones DECRETO SUPREMO N° 332-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 287-2014-EF se aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar autorizado por Decreto de Urgencia N° 002-2014 y se establecen los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento y dictan otras disposiciones; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaria de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a efectos de mejorar el diseño metodológico y aspectos operativos del proceso de otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) mediante Informes N°s. 00027, 00033 y 00034-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, solicita la modi fi cación de los artículos 3, 4, 5 y 8, del Decreto Supremo N° 287-2014-EF, así como su Anexo “Guía Metodológica para el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar”; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaria de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 01009-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, opina que la modi fi cación propuesta se encuentra enmarcada dentro de los alcances de los documentos de plani fi cación institucional y no genera recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario modi fi car los artículos 3, 4, 5 y 8 del Decreto Supremo N° 287-2014-EF, así como su Anexo “Guía Metodológica para el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar”; De conformidad con lo establecido por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el inciso 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 3, 4, 5 y 8 del Decreto Supremo N° 287-2014-EF Modifícanse los artículos 3, 4, 5 y 8 del Decreto Supremo N° 287-2014-EF, que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar - BDE autorizado por Decreto de Urgencia N° 002-2014 y establecen criterios, requisitos, condiciones para su otorgamiento y dictan otras disposiciones, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 3. De fi nición de las instituciones educativas potencialmente elegibles para la selección (…)Para fi nes del otorgamiento del BDE, las IIEE potencialmente elegibles de nivel de educación primaria son aquellas registradas como “activas” en el Padrón Nacional de Instituciones Educativas y Programas correspondientes al cierre del último año previo al otorgamiento del BDE, publicado por la Unidad de Estadística dependiente de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Se consideran como IIEE públicas a aquellas comprendidas en el ámbito de aplicación establecido en el artículo precedente, que tienen un código modular y código de anexos únicos, y que son públicas de gestión directa o públicas de gestión privada, de acuerdo a lo establecido por los literales a) y b) del artículo 71 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, concordante con el artículo 130 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-ED. La fuente de información sobre el tipo de gestión de las IIEE es el Padrón Nacional de Instituciones Educativas y Programas correspondientes al cierre del último año previo al otorgamiento del BDE, proporcionado por la Unidad de Estadística dependiente de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Para fi nes del otorgamiento del BDE, las IIEE potencialmente elegibles de la selección, de nivel de educación primaria se clasi fi can en tres grupos: - Grupo A: IIEE que fueron programadas por la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes (UMC) para aplicar la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE) en las áreas evaluadas en castellano como primera lengua