Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2019 (27/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Miércoles 27 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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la Oficina General de Tributación. c) Director de la Oficina General de Asesoría Jurídica. d) Director de la Oficina General de Administración y e) Director de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones."; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 405-2015MPC, de fecha 09 de setiembre de 2015, se resolvió: "Artículo PRIMERO.- Conformar, la Comisión Especial encargada de las gestiones ante instancias nacionales que correspondan y la formulación de los instrumentos de gestión del Servicio de Administración Tributaria Cusco ­ SAT CUSCO, ello conforme se detalla: Presidente: Gerente Municipal, Integrantes: Director de la Oficina General de Tributación, Director de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Director de la Oficina General de Administración y Director de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones."; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 22-2017MPC, de fecha 14 de setiembre de 2017, se aprobó la modificación e incorporación de diversos artículos a la Ordenanza Municipal Nº 33-2013-MPC, de fecha 04 de noviembre de 2013; por el que se crea el Servicio de Administración Tributaria Cusco (SAT ­ CUSCO); asimismo, faculta al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, disponer las acciones necesarias conducentes a la implementación del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CUSCO (SAT CUSCO); Que, la Ordenanza Municipal Nº 23-2017-MPC, de fecha 14 de setiembre de 2017, en su Artículo Primero, aprobó el ESTATUTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CUSCO (SAT ­ CUSCO), que consta de seis (06) títulos, seis (06) capítulos, veintiocho (28) artículos y dos (02) Disposiciones Finales, así como su organigrama que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 077/OGT/MPC-2019 de fecha 15 de mayo de 2019, el Director General de Tributación, C.P.C. Mariano Baca Anaya, pone en conocimiento que el equipo técnico de apoyo a la Comisión creada mediante Resolución de Alcaldía N.º 111-2019-MPC, ha concluido con la elaboración de los instrumentos normativos que servirán para la implementación del SAT ­ CUSCO, señalado: "se sirva a disponer que las Direcciones de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto, emitan su informe correspondiente, particularmente en los puntos 4, 5, 6, y 7, (...) y luego que el presente documento sea puesto a consideración de las comisiones respectivas de Regidores, (....)"; Que, según Memorándum Nº 192-2019-OGAJ/MPC, de fecha 03 de junio de 2019, la Directora de la Oficina de General de Asesoría Jurídica, abogada Karem Heikem Rojas Arroyo, solicita informe técnico a la Oficina de Planeamiento de la Municipalidad Provincial del Cusco, conforme a Ley; Que, con Informe Nº 002-2019-OPL-OGPPI-MGLC/ MPC, de fecha 28 de junio de 2019, la Racionalizadora de la Oficina de Planeamiento, economista Mónica Gabriela López Casaverde, realiza informe técnico sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones, señalando que ha realizado el tratamiento y análisis pertinente para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Administración Tributaria, en forma coordinada con el equipo técnico del SAT; Que, según Memorándum Nº 360-2019-OGPPI/MPC, de fecha 01 de julio de 2019, el Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, economista Miguel Fernando Tarazona Morante, remite el expediente para los fines pertinentes; Que, a través del Informe Nº 709-2019-OGAJ/MPC, de fecha 23 de agosto de 2019, la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, abogada Karem Heikem Rojas Arroyo, manifiesta: "(...) La Comisión Especial alcanza el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria ­ SAT CUSCO, expediente (que se encuentra) de conformidad a lo regulado por el artículo 50 del Decreto Supremo N.º 054-2018-PCM, (que establece que ese tipo de expedientes debe contener) los siguientes documentos: Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, proyecto del ROF, exposición de motivos, informe técnico y sus anexos, informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica que válida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas de

organización de la entidad y la no duplicidad de funciones. La Racionalizadora de la Oficina de Planeamiento Econ. Mónica Gabriela López Casaverde, cumple con realizar el Informe Técnico Sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, éste incluye las siguientes secciones: Justificación de la Necesidad, Análisis de Racionalidad, Recursos Presupuestales y Anexos. Asimismo, se observa que el expediente cuenta con el proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF y la exposición de motivos, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 054-2018PCM. La estructura del proyecto del ROF, cumple con lo regulado en la norma del artículo 44 Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. Asimismo, las funciones asignadas a las unidades de organización están conforme a la Ley de la materia, no existiendo duplicidad de funciones. En tal sentido, la Oficina General de Asesoría Jurídica valida la legalidad de las funciones asignadas a los diferentes órganos de primer, segundo y tercer nivel organizacional propuestos para el Servicio de Administración Tributaria del Cusco ­ SAT CUSCO; asimismo, evidencia que no existe duplicidad de funciones en cada uno de los tres niveles organizacionales; en consecuencia, el Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Administración Tributaria Cusco ­ SAT CUSCO, deberá de ser aprobada por Ordenanza Municipal". (El subrayado y resaltado es propio). Que, mediante el Dictamen Nº 04-2019-CAPPFI/MPC, la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Fortalecimiento Institucional, dictamina recomendando al Concejo Municipal del Cusco, la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Servicio de Administración Tributaria Cusco ­ SAT CUSCO; Que, finalmente los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos municipales; donde el artículo 40 establece: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)"; POR TANTO: Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por MAYORÍA, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CUSCO ­ SAT CUSCO Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT CUSCO, cuyo texto consta de cuatro (4) Títulos, siete (07) Capítulos, trece (13) Sub Capítulos y cincuenta y tres (53) Artículos, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco a emitir las normas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y ésta a su vez con su Anexo en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco (www.cusco.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1830228-1

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