Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2019 (27/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Control, Operaciones y Sanciones de acuerdo a sus atribuciones y competencias; y, demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1830448-1

Aprueban Política Municipalidad

Antisoborno

de

la

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0539 Ate, 24 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: el Memorándum Nº 01732-2019-MDA/A del Despacho de Alcaldía; el Memorándum Nº 0867-2019 y Nº 1486-2019-MDA/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica; el Informe Nº 122-2019-MDA/GPE-SGMI de la Sub Gerencia de Modernización Institucional; el Informe Nº 779-2019-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 489-2019-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico"; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el cual en el Art. Nº 1 numeral 1.1 "Declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano"; Que, el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo "...dotar al Estado Peruano, de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema que aprovecha la corrupción"; Que, en su Art. Nº 2 establece que: "...es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo a la presente norma..."; Que, el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 20182021, refiere en su Art. Nº 2 que: "Las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales"; Que, el Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, aprueba la Política General de Gobierno al 2021, el cual en su Art. Nº 1 "... incluye entre los ejes y lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021"; a la vez, en su Art. 2 numeral 1) enmarca la "integridad y la lucha contra la corrupción"; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL-DN, la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017, denominada Sistemas de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso, que tiene por objeto "... especificar los requisitos y proporcionar una guía para

establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno...", y en donde se dispone que: "La alta dirección debe establecer, mantener y revisar una política antisoborno..."; Que, mediante Informe Nº 779-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación de la Política Antisoborno de la Municipalidad Distrital de Ate, a través de la Resolución de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Proveído Nº 489-2019-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la Política Antisoborno de la MDA. Aprobar la Política Antisoborno de la Municipalidad Distrital de Ate, la misma que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución; en merito a los considerandos ante expuestos. Artículo 2º.- Difusión de la Política Antisoborno de la MDA. Disponer; que la Secretaría General se encargue de difundir entre las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Ate, el Texto de la Política Antisoborno de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobada por la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicación. Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gop.pe) y en el Portal Institucional (www.muniate.gop.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde ANEXO I POLÍTICA ANTISOBORNO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE - MDA Propósito La Municipalidad Distrital de Ate ­ MDA, ha dispuesto promover una cultura de transparencia como parte de la mejora continua en sus procedimientos administrativos llevando a cabo el alto compromiso de prevenir, detectar, enfrentar y erradicar prácticas que se expresan en contra de la ética y los valores institucionales y que conllevan a alterar orden de la gestión pública. En tal medida, la MDA se adhiere a la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada por el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, y exhibe su perspectiva de luchar formalmente contra el soborno y la corrupción. A fin de priorizar el cumplimiento de normas, leyes y regulaciones que velan por la prevención y lucha contra los actos y posibles actos de soborno en la entidad, la MDA ha decidido fomentar políticas que permitan contrarrestar, al extremo, el soborno. De esta manera, manifiesta su rechazo frontal a las malas prácticas en el desarrollo de sus actividades, enfocándose en una gestión limpia proyectada a mejorar la eficiencia y eficacia de servicio al ciudadano. Definición El soborno es el modo de corromper una gestión de trabajo honesta, íntegra y transparente; se despliega a través del acto de ofrecer, pedir o aceptar cualquier tipo de regalo, favor o comúnmente dinero para influir en concretar, acelerar, retardar u omitir una acción en el desempeño de las obligaciones de la persona que efectúa actividades para una institución pública o privada, o simplemente que mantenga relaciones comerciales o

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