Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los convenios referidos en el artículo 3 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1831693-1

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que modifica el monto del Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores el pago de una contribución internacional a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas - OPAQ
DECRETO SUPREMO N° 054-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2019; Que, de acuerdo al numeral 1.3 del artículo 1 de la referida Ley, durante el año fiscal 2019, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprenden la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en dicho anexo. Las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la presente ley se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del citado Decreto Legislativo, establece como formalidad, la aprobación mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de cuotas anuales a favor de diversas organizaciones internacionales por un importe total de S/ 39 272 000.00 soles; Que, en el Anexo B de la mencionada Ley de Presupuesto se autorizó al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de la cuota 2019 a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), por el monto de S/ 218 477,00 soles, equivalente a EUR 55,291.04 euros, siendo la cuota a ese organismo EUR 102,915.00 euros por el año 2019; Que, el estado peruano está inmerso en un proceso de retiro de la Unión de Naciones Suramericanas ­ UNASUR y no se ha efectuado el pago a dicho organismo internacional, por lo que parte de los recursos asignados a UNASUR, ascendente a S/ 1 359 289,00 soles, se destinará al pago de una contribución de S/ 34 000,00 soles (US$ 10,000.00) a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas ­ OPAQ; Que, en el marco del citado proceso de priorización, se ha previsto autorizar el desembolso de S/ 34 000,00 soles para pagar una contribución de manera voluntaria a ese organismo internacional, considerando la importancia que reviste en aumentar el nivel del laboratorio designado que se encuentran en los países bajos y transformarlo en un centro para la Química y Tecnología, que además de funcionar como un laboratorio, servirá para brindar capacitación y desarrollar investigación sobre nuevos equipos y último desarrollo científico que pueden ser de utilidad para el trabajo diario de la Secretaría Técnica y los Estados Partes en la implementación de la Convención para las Armas Químicas; Que, en ese contexto, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el monto del Anexo B: Cuotas Internacionales -

Designan Coordinadora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 034-2019-JUS/PRONACEJ Lima, 26 de noviembre de 2019 VISTOS, el Informe N° 0112-2019-JUS/ PRONACEJ-UA-SRH, de la Subunidad de Recursos Humanos; el Proveído N° 3641-2019-JUS/PRONACEJUA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 046-2019-JUS/PRONACEJ-UPP y el Informe N° 0612019-JUS/PRONACEJ-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 0062019-JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ) en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 01962019-JUS, y su modificatoria, se aprueba el Manual de Clasificador de cargos del PRONACEJ, que establece la descripción de los cargos que requiere la Entidad; y mediante la Resolución Ministerial N° 0281-2019-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Coordinador/a de la Dirección Ejecutiva; por lo que resulta necesario designar a la profesional que desempeñe dicho cargo; Con las visaciones de la Unidad de Administración; Subunidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, modificada por la Resolución Ministerial N° 0301-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Karen Valdez Valdez en el cargo de confianza de Coordinadora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. GERSON DAVID VILLAR SANDY Director Ejecutivo Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ 1832366-1

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