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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (30/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2019 / El Peruano Artículo 3°.- Limitación al uso de los Recursos. Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Noti fi cación Encargar a la O fi cina de Administración la noti fi cación de la presente Resolución a la Contraloría General de la República. Artículo 5°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (www.osinfor.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefa 1832262-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Asesor de la Jefatura Adjunta del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 192-2019/SIS Lima, 29 de noviembre de 2019VISTOS: El Informe Nº 296-2019-SIS-OGAR/ OGRH con Proveído Nº 450-2019-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, y el Informe N° 609-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 628-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Memorando N° 098-2019-SIS/J, la Jefa Institucional del Seguro Integral de Salud – SIS propone la designación del Médico Cirujano Ciro Abel Mestas Valero en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura Adjunta del SIS; Que, atendiendo a lo expuesto, a través del Informe N° 296-2019-SIS/OGAR-OGRH, se concluye que “(…) resulta viable designar bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 al Médico Cirujano Ciro Abel Mestas Valero en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura Adjunta del Seguro Integral de Salud, a partir de la publicación de la resolución correspondiente (…)”; Con el visto del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al Médico Cirujano CIRO ABEL MESTAS VALERO en el cargo de confi anza de Asesor de la Jefatura Adjunta del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución al interesado y a las distintas unidades orgánicas del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes.Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1832302-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Fijan monto del Factor de Control aplicable para el Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I de las Canastas C, D y E, prestados por Telefónica del Perú S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 162-2019-CD/OSIPTEL Lima, 26 de noviembre de 2019 EXPEDIENTE : Nº 00006-2019-CD-GPRC/AT MATERIA :Ajuste trimestral de tarifas tope de los Servicios de Categoría I ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTOS: (i) La solicitud de ajuste trimestral de tarifas tope de los Servicios de Categoría I, presentada por la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. (Telefónica) mediante carta TDP-4180-AG-AER-19, subsanada con su carta TDP-4499-AG-AER-191; y, (ii) El Informe N° 00150-GPRC/2019 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se sustenta el Proyecto de Resolución de Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 27332 -Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos-, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materias de su competencia, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, así como la facultad de fi jar las tarifas de los servicios bajo su ámbito de competencia; Que, asimismo, el inciso c) del artículo 8 de la Ley Nº 26285 -Ley de Desmonopolización Progresiva de los Servicios Públicos de Telefonía Fija Local y de Servicios Portadores de Larga Distancia-, señala que es función del OSIPTEL, entre otras, emitir resoluciones regulatorias dentro del marco establecido por las normas del sector y los respectivos contratos de concesión; Que, de acuerdo a lo señalado anteriormente, y conforme al artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, el régimen tarifario aplicable a