Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 30 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES (S/ 152,000.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de una transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal N° 00537, entendiéndose que este documento forma parte del Informe Previo Favorable N° 00040-2019-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, el Ministerio Público - Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad denominada "Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas" detallada en el Anexo N°01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera para la ejecución de la Actividad "Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas" hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES (S/ 152,000.00), a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo 01 que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2019 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para los cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución al Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que

proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO N° 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL "GESTIÓN INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERÚ"
N° ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE LA ACTIVIDAD TOTAL POR TRANSFERIR S/

1

MINISTERIO PÚBLICO ­ TRANSFERENCIAS PARA OFICINA DE COORDINACIÓN LAS OPERACIONES Y ENLACE DE LAS FISCALÍAS CONJUNTAS PARA EL ESPECIALIZADAS EN DELITOS CONTROL DE LA OFERTA DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS DE DROGAS TOTAL

152,000.00

152,000.00

1832158-1

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 314-2019-INPE/P Lima, 26 de noviembre de 2019 VISTO, el Oficio N° 000980-2019-CG/SGE de fecha 07 de noviembre de 2019, de la Contraloría General de la República, el Informe N° 120-2019-INPE/07.02 de fecha 21 de noviembre de 2019, de la Unidad de Presupuesto, el Oficio N° 731-2019-INPE/07 de fecha 22 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario; y, CONSIDERANDO Que, la Nonagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019, establece que las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales y que se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional de Presupuesto Público, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, así como para el financiamiento de los órganos de control institucional a cargo de la Contraloría General de la República y para el desarrollo de programas de capacitación por medio de la Escuela Nacional de Control, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o la que hagan sus veces en el pliego; Que, el artículo 20 de la Ley N°27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone, entre otros, que la designación de las sociedades de auditoría es previo concurso público de méritos y son contratadas por la Contraloría General de la República;

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