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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (30/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2019 / El Peruano ANEXO III ANEXO N.º 3 - COMPROBANTE EMPRESAS SUPERVISADAS SBS Y NOTAS ELECTRÓNICAS N.º CAMPOTIPO Y LONGITUD (1)FORMATO DESCRIPCIÓN VALIDACIÓNREQUISITOS MÍNIMOSREPRESENTACIÓN IMPRESA O DIGITAL - INFORMACIÓN MÍNIMACOMPROBANTE EMPRESAS SUPERVISADAS SBSNOTAS Datos del documento 1Tipo de comprobante de pago o documentoan2 Debe corresponder a los tipos ‘13’, ‘87’ u ‘88’ del catálogo N.º 01 del anexo N.º 8 de la R.S. N.º 097-2012/SUNAT y modi fi catorias. 2Serie del comprobante de pago o documentoan4 <FAAA> La serie será alfanumérica de cuatro (4) caracteres, siendo el primer caracter de la izquierda la letra “F”.XX X 3Número correlativo del comprobante de pago o documenton..10 El número correlativo podrá tener hasta diez (10) caracteres.XX X 4Tipo de moneda en la cual se emite el comprobante de pago o documentoan3En la representación impresa o digital, en lugar del código, se puede consignar el signo de la moneda o su descripción.Debe corresponder a un código del catálogo N.º 02 del anexo N.º 8 de la R.S. N.º 097-2012/SUNAT y modi fi catorias.XX X 5Tipo de operación no gravadan4 Para los tipos de operaciones se tomará en cuenta el Capítulo I del “Reglamento para la evaluación y clasi fi cación del deudor y la exigencia de provisiones” aprobado con la Resolución SBS N.º 11356-2008 y normas modi fi catorias, donde el tipo ‘2100’ corresponde a los créditos referidos en los numerales 4.1 al 4.5, el tipo ‘2101’ corresponde al crédito referido en el numeral 4.6, el tipo ‘2102’ corresponde al crédito referido en el numeral 4.7 y el tipo ‘0112’ corresponde al crédito referido en el numeral 4.8.Para los tipos ‘2103’ y ‘2104’ serán otras operaciones no comprendidas en los tipos anteriores, realizadas por las empresas del sistema fi nanciero y cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público o por las empresas del sistema de seguros, según corresponda, que se encuentre exoneradas o inafectas del IGV e IPM.Tipos de operaciones: 2100 - Créditos a empresas2101 - Créditos de consumo revolvente2102 - Créditos de consumo no revolvente 0112 - Créditos hipotecarios para vivienda2103 - Otras operaciones no gravadas - empresas del sistema fi nanciero 2104 - Otras operaciones no gravadas - empresas del sistema de seguros Debe tener campo lleno.X Datos del cliente 6Tipo de documento del clientean1 Debe corresponder a un código del catálogo N.º 06 del anexo N.º 8 de la R.S. N.º 097-2012/SUNAT y modi fi catorias. X 7Número de documento del clientean..15 Campo lleno. X X 8Apellidos y nombres, denominación o razón social del clientean..1500 Campo lleno. X X Importes del comprobante de pago 9Monto del interés compensatorio de la cuota (entidades fi nancieras y cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público) o monto de la prima facturada (entidades de seguros)an..18 n(15,2)De no corresponder, consignar valor cero (0.00).X