Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

evaluación de la implementación del Código de Ética de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Artículo 3°.- La Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción ­ OFELCCOR, en el plazo máximo de 180 días hábiles, previa coordinación con los órganos y unidades orgánicas que forman parte de la estructura orgánica de la entidad, propondrá para su correspondiente aprobación los lineamientos que complementen los conceptos contenidos en el Código de Ética. Artículo 4°.Derogar la Resolución de Superintendencia N°161-2009/SUNAT que aprobó el Código de Ética de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución de Superintendencia Nacional en el Diario Oficial El Peruano, y su Anexo en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1831843-1

­ SUNAT, para que se le transfiera los recursos para financiar la contratación de una sociedad de auditoría por la suma de S/ 853 305,00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES) para el periodo auditado 2019; Que la División de Formulación, Evaluación y Contabilidad Presupuestal de la Gerencia Financiera de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio, mediante el Informe N° 268-2019-SUNAT/8C1500, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para realizar la transferencia financiera antes mencionada, la misma que será financiada con cargo al Presupuesto Institucional 2019 en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; En uso de las facultades conferidas en el inciso s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/ SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de transferencia financiera Aprobar la transferencia financiera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por la suma de S/ 853 305,00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del pliego Contraloría General de la República para financiar la contratación de una sociedad de auditoría para el periodo auditado 2019. Artículo 2.- Limitación al uso de recursos Los recursos transferidos, a los que se hace referencia en el artículo precedente, deben ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad receptora de los fondos, sólo para los fines para los cuales se autoriza esta transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1831772-1

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 246-2019/SUNAT AUTORIZA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DEL PLIEGO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Lima, 28 de noviembre de 2019 VISTO: El Oficio N° 000983-2019-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República, mediante el cual solicita la transferencia de los recursos para la contratación de una sociedad de auditoría, en el marco del artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su Presupuesto Institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, adicionalmente el mencionado artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y que dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante el Oficio N° 000983-2019-CG/SGE la Secretaría General de la Contraloría General de la República, formula requerimiento a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Designan nuevos emisores electrónicos y modifican la normativa sobre Emisión Electrónica y el Reglamento de Comprobantes de Pago
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 252-2019/SUNAT DESIGNAN NUEVOS EMISORES ELECTRÓNICOS Y MODIFICAN LA NORMATIVA SOBRE EMISIÓN ELECTRÓNICA Y EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO Lima, 29 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que el inciso a) del párrafo 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 318-2017/SUNAT y norma modificatoria designó como emisores electrónicos a las empresas del sistema financiero y de seguros y las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a efecto que por sus operaciones gravadas con el impuesto general a las ventas emitan la factura electrónica, la boleta de venta electrónica y las notas electrónicas vinculadas a aquellas en el Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente (SEE ­ Del contribuyente), creado por la Resolución de Superintendencia Nº 0972012/SUNAT y normas modificatorias, o en el SEE Operador Servicios Electrónicos (SEE ­ OSE), aprobado

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