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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (04/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de setiembre de 2019 El Peruano / Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada mediante Decreto Legislativo Nº 1143, así como la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior, a partir del 01 de marzo del 2020, por un período máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 2.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. 3.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 4.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China. 5.- (01) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y O fi cial de Enlace en el Comando Sur. 6.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa. 7.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India. 8.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel. 9.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. 10.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús. 11.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI). 12.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. 13.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República Checa. 14.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en Canadá. 15.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 16.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. 17.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 18.- (01) Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Japón. 19.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y O fi cial de Enlace en el Componente Naval del Comando Sur de la Marina de los Estado Unidos de América. 20.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Chile. 21.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (WASHINGTON D.C.). 22.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (ODEMI). 23.- (01) Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y, O fi cial de Enlace en el Comando Sur (ODEPA). 24.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús. 25.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 26.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana. 27.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Ecuador. 28.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Ecuador. 29.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República del Paraguay. 30.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en Canadá. 31.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea. 32.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España. 33.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución Armada respectiva, en los ejercicios fi scales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1803541-5 Aprueban cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2019 DE Lima, 28 de agosto de 2019VISTO:El Informe de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG (en adelante, el Reglamento), del 05 de agosto del 2019, establece que el Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado ante las Agregadurías en el exterior asume un cargo de interés institucional y nacional brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, el artículo 6 del Reglamento acotado señala que, dentro de los cargos a ocupar por el Personal Militar de las Fuerzas Armadas, se encuentra el de Auxiliar de la Agregaduría, el cual es desempeñado por un Técnico de las Fuerzas Armadas; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento indica que la propuesta del