Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 4 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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competencias y los componentes de los programas presupuestales que tuvieran a su cargo, para luego poder organizarse en función a dichos procesos; Que, el numeral 3 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021 señala que la gestión pública moderna es una gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano. Esto es una gestión en la que funcionarios públicos calificados y motivados se preocupan en el marco de políticas públicas de Estado, nacionales, regionales y locales, según las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno- por entender las necesidades de los ciudadanos y organizan tanto los procesos de producción o actividades (como conjunto de acciones que transforman los insumos en productos en la "cadena de valor") como los de soporte (los sistemas administrativos), con el fin de trasformar los insumos en productos (seguridad jurídica, normas, regulaciones, bienes o servicios públicos) que arrojen como resultado la mayor satisfacción de los ciudadanos, garantizando sus derechos y al menor costo posible; asimismo, señala que una gestión pública orientada a resultados efectiva se alcanzará cuando las entidades estén en capacidad de, entre otros, desarrollar y optimizar los procesos de producción o trabajo (la "cadena de valor") y los de soporte (que alimentan a los anteriores), con el fin de alcanzar los niveles de producción de bienes y servicios públicos de calidad esperados por la población, con la mayor eficacia y eficiencia posibles en el uso de los recursos; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 217-2018-MINEDU, se aprueba la Directiva Nº0042018-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME denominada "Metodología para la gestión por procesos en el Ministerio de Educación", documento que tiene como objetivo implementar adecuadamente la gestión por procesos para generar mejoras incrementales en la gestión y organización en el Ministerio de Educación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 053-2019-MINEDU, se aprueban los "Lineamientos para la dotación de materiales educativos para la Educación Básica" los cuales tienen por objetivo general mejorar la calidad, oportunidad, suficiencia y eficiencia de las dotaciones de materiales educativos que el Ministerio de Educación brinda a los actores educativos, a las instituciones educativas y a los programas educativos públicos de la Educación Básica; asimismo, define y clasifica los materiales educativos; Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta con emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; asimismo, señala que para otras funciones que no sean las antes indicadas el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, el artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificados por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, señala que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos, careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros. Pueden ser sectoriales o multisectoriales, se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 197-2019-MINEDU, se conforma el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal con el objetivo de reestructurar el proceso de gestión de los materiales educativos así como de redefinir las funciones de los órganos y unidades orgánicas que participan en el citado proceso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2019-MINEDU, se aprueba conformar un Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado "Mesa de Trabajo para la revisión de los textos escolares de los niveles inicial, primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular" que tiene como objetivo revisar los contenidos de las citados textos escolares que

fueron entregados a las instituciones educativas públicas de Educación Regular Básica para el desarrollo del año escolar 2019; Que, al haberse identificado oportunidades de mejora en el proceso de gestión de materiales, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal con los objetivos de: (i) Revisar y evaluar el marco normativo vigente sobre la base de las recomendaciones realizadas por los Grupos de Trabajo de Revisión de Textos y del Grupo de Trabajo de reestructuración del proceso de gestión de los materiales educativos, y proponer una actualización o unos nuevos Lineamientos para la dotación de materiales educativos para la Educación Básica que regulen toda la gestión de materiales; (ii) Proponer una norma técnica para el proceso de gestión de materiales, que incluya la propuesta de asignación de responsabilidades y tiempos de cada proceso; criterios pedagógicos e indicadores de calidad para materiales y criterios de calidad de edición, uso y distribución y (iii) Proponer la programación multianual de materiales 2021 ­ 2023; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Unidad de Organización y Métodos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM que aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021; en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM; en la Resolución Viceministerial Nº 053-2019-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos para la dotación de materiales educativos para la Educación Básica; en la Resolución Ministerial Nº197-2019-MINEDU que aprueba conformar grupo de trabajo con el objetivo de reestructurar el proceso de gestión de los materiales educativos así como de redefinir las funciones de los órganos y unidades orgánicas que participan en el citado proceso; en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación ; y en la Resolución de Secretaría General Nº 217-2018-MINEDU que aprueba la Directiva Nº0042018-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME denominada "Metodología para la gestión por procesos en el Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Grupo de Trabajo Confórmese el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, en adelante el Grupo de Trabajo, con el objeto de: (i) Revisar y evaluar el marco normativo vigente sobre la base de las recomendaciones realizadas por el Grupo de Trabajo de Revisión de Textos y el Grupo de Trabajo de reestructuración del proceso de gestión de los materiales educativos, y proponer una actualización o nuevos Lineamientos para la dotación de materiales educativos para la Educación Básica que regulen toda la gestión de materiales; (ii) Proponer una o varias normas para la gestión de materiales, que de corresponder incluya la planificación, modalidades de dotación, criterios de calidad, procesos para la dotación de materiales uso y distribución y otros (iii) Proponer la programación multianual de materiales 2021 ­ 2023. Artículo 2.- Integrantes 2.1 El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes miembros:

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