TEXTO PAGINA: 37
37 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2020 El Peruano / Informe Nº 039-2020-MINEDU/SG-OGRH-OBIR-SST de la O fi cina de Bienestar Social y Relaciones Laborales de la O fi cina General de Recursos Humanos, el Informe Técnico Nº 00356-2020-MINEDU/SPE-OTIC-USI de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y el Informe Nº 00750-2020-MINEDU/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, estableciéndose que en el caso de los centros laborales públicos y privados se deben adoptar medidas de prevención y control sanitario para evitar la propagación del COVID-19. Dicha medida fue prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA; Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2020- PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, dicha medida fue prorrogada mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM y Nº 116-2020-PCM, hasta el 31 de julio de 2020; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, se aprueba el Documento Técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, que tiene como objetivo especí fi co establecer los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Sarvs-Cov-2 (COVID-19); Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000030-2020-SERVIR-PE se aprueba la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19”, con el objetivo de brindar orientación a las O fi cinas de Recursos Humanos en el proceso de retorno a las labores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 103- 2020-PCM, se aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA”, facultándose a las entidades del Poder Ejecutivo a aprobar lineamientos específicos para regular su funcionamiento, entrega de bienes, prestación de servicios y trámites, y otras acciones para la atención a la ciudadanía durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-19; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 y 102 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental es el órgano de apoyo, responsable de brindar atención al ciudadano, así como de registrar y canalizar el trámite de los documentos que ingresan al Ministerio. Asimismo, es responsable de dirigir, organizar, capacitar, asistir y controlar las acciones de gestión documental y archivo en el Ministerio; Que, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental mediante los Informes Nº 01335-2020-MINEDU/SG-OACIGED y Nº 01500-2020-MINEDU/SG-OACIGED sustenta la necesidad de aprobar la Directiva denominada “Medidas para la Atención a los Ciudadanos en el Contexto de Estado de Emergencia por el Coronavirus (COVID-19) en el Ministerio de Educación”, la cual tiene por fi nalidad facilitar el acceso a la atención y servicios al ciudadano en el contexto de la pandemia ocasionada por el Coronavirus (COVID-19); Que, mediante el Informe Nº 00097-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos emite opinión favorable sobre la propuesta de Directiva denominada “Medidas para la Atención a los Ciudadanos en el Contexto de Estado de Emergencia por el Coronavirus (COVID-19) en el Ministerio de Educación”; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 156-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva denominada “Medidas para la Atención a los Ciudadanos en el Contexto de Estado de Emergencia por el Coronavirus (COVID-19) en el Ministerio de Educación”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMES ALEXANDER PAJUELO ORBEGOSO Secretario General 1874280-1 ENERGIA Y MINAS Designan Asesor de Alta Dirección de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2020-MINEM/DM Lima, 31 de julio de 2020VISTOS: El Memorando N° 0523-2020/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe N° 155-2020-MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor(a) de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Pedro Luis Picoy Aylas como Asesor de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL BELAÚNDE LLOSA Ministro de Energía y Minas 1874807-1