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50 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2020 / El Peruano contenidas en el presente reglamento. Posteriormente, realiza las coordinaciones correspondientes con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a efectos de implementar en la VUCE los procedimientos contenidos en el presente reglamento. Tercera .- En tanto se implemente la disposición anterior, las personas jurídicas podrán ingresar mediante Mesa de Partes de PRODUCE, las solicitudes a las que se hace referencia en el presente reglamento. Cuarta.- La DGPAR aprobará los formatos correspondientes al literal c) del artículo 13 y el numeral 19.3 del artículo 19 en un plazo máximo de treinta días posteriores a la entrada en vigencia del presente reglamento. ANEXO ÚNICO Especi fi caciones para la asignación del WMI El contenido y estructura del WMI es utilizado a nivel mundial para identi fi car al fabricante de un vehículo automotor y comprende a los tres primeros caracteres del VIN. El WMI está constituido por tres caracteres alfanuméricos, letras del alfabeto latino en mayúsculas y números arábigos, las letras I, O y Q no deben ser usadas. En esa línea, las siguientes especi fi caciones se basan en la NTP-ISO 3780 denominada “Automotores. Código de identi fi cación mundial del fabricante (WMI)”, en su versión vigente o la norma técnica peruana que la reemplace, que con fi nes de armonización internacional defi ne los caracteres del WMI por áreas geográ fi cas y países. A.1 Primer carácter: La primera posición es un carácter alfabético o numérico que designa el área geográ fi ca, correspondiendo a Sudamérica los números “8” y “9”; y, especí fi camente al Perú el número “8”. A.2 Segundo carácter: La segunda posición es un carácter alfabético o numérico que designa un país, correspondiendo al Perú las letras “S”, “T”, La combinación del primer y segundo carácter que corresponde al Perú para su identi fi cación única es: “8S”, “8T”. A.3 Tercer carácter: La tercera posición es un carácter alfabético o numérico que designa un fabricante especí fi co que combinado con el primer y segundo carácter asegura la identi fi cación única del fabricante, este tercer carácter debe ser asignado por la DOPIF. En caso, el fabricante produzca menos de 500 vehículos por año, en la tercera posición se debe colocar el número “9”, a fi n de permitir su identi fi cación. En este caso el tercer, cuarto y quinto carácter del VIS, equivalente a la décimo segunda, décimo tercera y décimo cuarta posición del VIN, debe ser asignado por la DOPIF, permitiendo de esta manera identi fi car al fabricante especí fi co. 1874804-3 Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2020-PRODUCE Lima, 30 de julio de 2020CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de agosto de 2020, al señor Jonatan Jorge Ríos Morales, en el cargo Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1874462-1 Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 260-2020-PRODUCE Lima, 30 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, es necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de agosto de 2020, a la señora Alejandra Arlet Rodríguez Luján, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1874430-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo MIPYME RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 349-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 31 de julio de 2020VISTOS: El Informe N° 124-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL del Área de Asesoría Legal; el Informe N° 088-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión; el Memorando N° 388-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-