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24 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de agosto de 2020 / El Peruano Educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”; Que, en ese marco, mediante Resolución Viceministerial Nº 066-2015-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el uso de los recursos tecnológicos de la información y comunicación en el marco del modelo de servicio educativo jornada escolar completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”; Que, con la Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU se aprobó el Currículo Nacional de la Educación Básica, que establece los aprendizajes que se espera logren los estudiantes como resultado de su formación básica, en concordancia con los fi nes y principios de la educación peruana, el Proyecto Educativo Nacional y los objetivos de la Educación Básica; Que, a través del O fi cio Nº 00331-2020-MINEDU/ VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01798-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, elaborado por la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la referida Dirección General, con el cual se sustenta la necesidad de derogar la Resolución Viceministerial Nº 066-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica anteriormente citada; precisando, que la misma no se encuentra alineada al Currículo Nacional de la Educación Básica; Que, asimismo, en el precitado informe se señala que se cuenta con el “Manual para el uso de las Tecnologías Digitales en las Instituciones Educativas con Jornada Escolar Completa”; el mismo que, según se indica, contiene orientaciones y precisiones para incorporar las tecnologías de la información y comunicación en los procesos de gestión pedagógica, en el marco de lo dispuesto en el Currículo Nacional de la Educación Básica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Derogar la Resolución Viceministerial Nº 066-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el uso de los recursos tecnológicos de la información y comunicación en el marco del modelo de servicio educativo jornada escolar completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1876784-1 Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 154-2020-MINEDU Lima, 10 de agosto de 2020VISTOS, el Expediente N° 0081203-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00836-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, la Ley Nº 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica, tiene por objeto promover la atención en el Servicio Educativo Hospitalario integral de los estudiantes de la Educación Básica, que se encuentran en situación de hospitalización o con tratamiento ambulatorio, con los criterios de e fi ciencia, equidad, inclusión, oportunidad, calidad y dignidad; a fi n de preservar su derecho a la educación; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU se aprobó el Reglamento de la precitada Ley; en cuya Única Disposición Complementaria Transitoria se establece que la implementación del Servicio Educativo Hospitalario se desarrolla de manera progresiva en un trabajo articulado y coordinado entre los actores e instancias educativas involucradas en la atención hospitalaria y reincorporación escolar del estudiante-paciente; disponiendo que, para tal efecto, el Ministerio de Educación aprueba el documento normativo para su implementación progresiva; Que, cabe señalar que mediante Resolución Ministerial Nº 241-2017-MINEDU se creó el Modelo de Servicio Educativo Hospitalario, con el objetivo de contribuir a que los estudiantes pacientes en situación de hospitalización y/o tratamiento ambulatorio permanezcan en el sistema educativo, mediante el desarrollo de actividades pedagógicas garantizando sus aprendizajes, la igualdad de oportunidades y el respeto al derecho a la educación; Que, conforme al numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, entre las que se encuentra la establecida en el literal s), referida a la implementación del Servicio Educativo Hospitalario; Que, mediante el Informe N° 00020-2020-MINEDU/ VMGP-DIGESE, remitido por la Dirección General de Servicios Educativos Especializados al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo que establece disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; en el Reglamento de la Ley Nº 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 156-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.