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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (12/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de agosto de 2020 El Peruano / Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1876583-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Delegan diversas facultades en la Secretaría General del CONADIS, durante el Año Fiscal 2020 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 049-2020-CONADIS/PRE Lima, 10 de agosto de 2020VISTOS:El Informe Nº D000068-2020-CONADIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera y constituye pliego presupuestario; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley Nº 29973, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, defi ne la estructura orgánica del CONADIS, estableciendo que la misma está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MlMP, establece que la Secretaría General constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad, ejerce las facultades que le sean expresamente delegadas por la Presidencia del CONADIS y demás funciones dentro del marco legal vigente; Que, el citado Reglamento de Organización y Funciones (ROF), indica que la O fi cina de Administración tiene, entre sus funciones, la gestión del sistema de abastecimiento del CONADIS, incluida la gestión administrativa de los contratos y los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; asimismo, la citada norma reglamentaria determina que la Unidad de Recursos Humanos es la encargada de ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; así como otras funciones que se establezcan en las normas reglamentarias y lo dispuesto por el ente rector del sistema; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante el cual se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2020. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia Nº 089-2019-CONADIS/PRE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al año fi scal 2020 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece los principios del derecho administrativo que rigen la administración pública, siendo entre otros, la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y trámites que se desarrollan en la administración pública, dirigidos a la desconcentración de procedimientos decisorios, con la fi nalidad de garantizar una gestión efi ciente en la entidad; por lo cual resulta necesario delegar y desconcentrar ciertas facultades del Presidente/a del CONADIS, en su calidad de Titular de la Entidad, a efectos de contribuir a la fl uidez de la gestión institucional; Que, por su parte, el artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante Resolución, la autoridad que la misma norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de o fi cio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, así como las modi fi caciones contractuales a las que se re fi ere el artículo 34.10 de la citada Ley y los otros supuestos que establece su Reglamento; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 002-2020-CONADIS/PRE, se delegaron determinadas facultades de la Presidencia a diferentes órganos y unidades orgánicas del CONADIS, la misma que fue ampliada por Resolución de Presidencia Nº 012-2020-CONADIS/PRE; Que, en atención a lo señalado en los documentos de vistos, resulta necesario modi fi car y precisar los alcances de las facultades delegadas anteriormente, para lo cual corresponde aprobar el acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaría General, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MlMP; y la Resolución Suprema Nº 003-2020-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Delegar en la Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), durante el Año Fiscal 2020, las facultades que se detallan a continuación: 1.1 En materia administrativa:a) Atender las solicitudes de información en los procesos judiciales, así como los mandatos y/o pronunciamientos expedidos por el fuero arbitral o por los tribunales administrativos. b) Realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional, en coordinación con la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. c) Monitorear y evaluar la implementación y cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo de la Entidad. d) Suscribir en representación de la entidad, convenios de cooperación interinstitucional. e) Designar a los Fedatarios del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). f) Aprobar, modi fi car o derogar las Directivas o Protocolos relacionadas con los sistemas administrativos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). 1.2 En materia planeamiento: a) Aprobar las modi fi caciones del Plan Estratégico Institucional.