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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (23/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 23 de agosto de 2020 El Peruano / CódigoGradua- lidadDescripción de la infracción MultaMedida ProvisionalMedida Complementaria Primera VezReincidencia (doble de la multa) ESTADO DE SALUD DEL PERSONAL 09-9156 GraveEl personal presente síntomas de enfermedad ( tos, estornudos, vómitos, fi ebre, etc)15% ----------- Capacitación de BPM y POESCapacitación de BPM y POES HABITOS Y COSTUMBRE 09-9157 LeveEl personal de transporte, carece de buenos hábitos de higiene15% ----------- Capacitación de BPM y POESCapacitación de BPM y POES CARGA DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS 09-9158 Leve Por transportar alimentos en forma inadecuada propiciando su deterioro 15% Decomiso Decomiso y Ejecución Decomiso y Ejecución CONTAMINACION CRUZADA 09-9159 Grave Por transportar carcasas con carnes congeladas 20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9160 Grave Por transportar carcasas con carnes refrigeradas 20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9161 Grave Por transportar productos congelados sin envasar con productos refrigerados 20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9162 Grave Por transportar alimentos de origen animal con alimentos de origen vegetal 20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9163 Grave Por transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos con productos hidrobiológicos20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9164 GravePor transportar alimentos agropecuarios y piensos con productos químicos, combustibles, plaguicidas u otros que pongan en riesgo la inocuidad20% Decomiso Decomiso Decomiso ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL 09-9165 GravePor permitir el transporte de subproductos de origen animal en envases inadecuados, poniendo en riesgo las condiciones físicas y organolépticas de los subproductos cárnicos30% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9166 Grave Por transportar productos cárnicos en contacto con el piso 30% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9167 GravePor transportar alimentos de origen vegetal en contacto con el piso30% Decomiso Decomiso Decomiso ALIMENTOS DE ORIGEN VEGETAL 09-9168 Grave Por Transportar alimentos de origine vegetal en vehículos NO autorizados 30% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9169 GravePor transportar frutas y hortalizas frescas en envases de difícil higienización, evitando su deterioro y contaminación30% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9170 GravePor transportar tubérculos y granos en contacto con el piso y las paredes del contenedor30% Decomiso Decomiso Decomiso PIENSOS 09-9171 Grave Por transportar piensos en contacto con el piso del contenedor 20% Decomiso Decomiso Decomiso 09-9172 LevePor transportar en envases que NO protegen a los piensos de contaminación , NO, son de fácil higienización15% Decomiso Decomiso Decomiso Artículo Segundo.- Derogar los códigos de infracciones numerados, desde el código de infracción 10-1001 hasta el 10-1073 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Tercero.- Encargar, a la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y áreas involucradas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, en el Portal de la Corporación Municipal (www. muniate.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1879094-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza que aprueba disposiciones para declarar y extinguir deudas de recuperación onerosa de carácter tributario y de cobranza dudosa de carácter tributario en cobranza coactiva ORDENANZA Nº 416-MDPH Punta Hermosa, 24 de julio de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Hermosa, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,VISTO: El Informe Nº 119-2020-MDPH/GR-SGRRFyCT de fecha 14 de julio de 2020, emitido por la Subgerencia de Registro, Recaudación, Fiscalización y Control Tributario, el Informe Nº 035-2020-MDPH-GR de fecha 14 de julio de 2020, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 55-2020-GAJ/MDPH de fecha 15 de Julio de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 163-2020-MDPH-GM de fecha 14 de julio de 2020, de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO:Que, mediante los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; reconociéndoseles que son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a la ley, según lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 195º del mismo texto normativo;