Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2020 (23/08/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de agosto de 2020 /

El Peruano

Articulo 18° DE LA SENSIBILIZACIÓN La acción de sensibilización está orientada a la necesidad de promover la integración y participación de los representantes de las entidades del Estado, organizaciones sociales y de la sociedad civil de nivel regional o multiprovincial, en la gestión del desarrollo regional. Se dispondrán medidas para promover la participación de organizaciones de la sociedad civil con equidad. Articulo 19° DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Se promoverá la participación de representantes de organizaciones de la sociedad civil, especialmente aquellas conformadas por varones y mujeres, personas adultas mayores y personas con discapacidad y otras personas en situación de vulnerabilidad. Los Agentes Participantes son personas elegidas en forma democrática en las organizaciones de la sociedad civil y representantes de las Instituciones Privadas con representación jurisdiccional como mínimo a dos provincias, que se agrupan en dos grupos siguientes: Agentes Participantes con voz y voto: · Gobernador · Miembros del consejo regional · Miembros del consejo de coordinación regional · Representantes de la sociedad civil · Representantes de otros organismos del Estado Agentes participantes con voz y sin voto · Equipo técnico · Personal de la Sub Gerencia de Planeamiento y CTI Artículo 20° IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES El Equipo Técnico dispondrá de formas de registro de los Agentes Participantes complementario a los indicados en el artículo anterior, para formalizar la presencia de grupos sociales de nivel regional o multiprovincial vinculados a los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Regional Concertado. Los Agentes Participantes deben ser designados y acreditados para el presente proceso participativo por las organizaciones a las cuales pertenecen para actuar en su representación. La inscripción se realizará en la Sub Gerencia Planeamiento, en el cuaderno de registro de Agentes Participantes. Articulo 21° RESPONSABILIDAD AGENTES PARTICIPANTES DE LOS

TITULO V DEL TALLER DE TRABAJO REGIONAL Articulo 23° DEL TALLER DE TRABAJO REGIONAL El Taller de Trabajo Regional es la fase principal de la etapa de concertación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y consta en los siguientes procesos: · Rendición de cuentas del proceso del Presupuesto Participativo de años anteriores. · Identificación, evaluación y priorización de proyectos. · Criterios de financiamiento a los proyectos priorizados. · Formalización de Acuerdos y Compromisos. La convocatoria al Taller de Trabajo Regional se realizará de acuerdo al cronograma aprobado, y difusión anticipada a través de los medios de comunicación local. Articulo 24° DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS En esta fase del Taller de Trabajo Regional se informará: · Avance del Programa de Inversión Pública del año vigente. · Cumplimiento de acuerdos del Presupuesto Participativo Basados en Resultados del año anterior. Articulo 25° DE LA IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE RESULTADOS El equipo técnico tendrá en consideración al artículo 14 y 15 del reglamento para la identificación y priorización de proyectos. Articulo 26° DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS En esta fase del Taller de Trabajo Regional, para la priorización de proyectos los Agentes Participantes, con la facilitación del Equipo Técnico, priorizarán los proyectos teniendo en cuenta los siguientes requisititos. · Proyectos enmarcados en las Políticas General del Gobierno Regional de Cajamarca 2019 ­ 2022. · Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) · Plan Estratégico Institucional (PEI) · Corredores económicos. · Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional. · Mapa de pobreza. · Expedientes técnicos saneados. · Enfoque de género. · Zonas no atendidas durante los últimos años. · El monto total del proyecto no será menor de Tres Millones con 00/100 soles. (3, 000 000. 00) · Los proyectos que no cumplen con estos requisitos serán eliminados del proceso. Articulo 27° DE LA EVALUACIÓN DE PROYECTOS Los proyectos que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo anterior pasarán a la fase de evaluación, obteniendo una relación de proyectos priorizados de mayor a menor de acuerdo al puntaje asignado. Articulo 28° DE LA PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS La priorización de proyectos de inversión será, por votación de los Agentes Participantes con derecho a voto. Articulo 29° CRITERIOS DE FINANCIAMIENTO A LOS PROYECTOS PRIORIZADOS El criterio de financiamiento de los proyectos priorizados será en estricto orden de prioridad, de conformidad con el At. 15 de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual de Gestión de Inversiones, aprobado mediante Resolución Directoral N° 009-2020- EF/50.01. Articulo 30° DE LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS El Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto

· Asistir a los talleres de capacitación organizada por el Equipo Técnico · Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones convocadas · Participar en forma activa en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones, respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso. · Proponer proyectos para el logro de resultados priorizados · Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos asumidos en el Taller de Trabajo Regional. Articulo 22° CAPACITACIÓN A LOS AGENTES PARTICIPANTES Los talleres de capacitación dirigidos a los Agentes Participantes se desarrollarán por corredor económico ajustándose a las necesidades y características de la población de la jurisdicción. En estos talleres se brindará información sobre aspectos relacionados al proceso y temas básicos referidos a los principales problemas y brechas sociales existentes en la región. Los temas a desarrollarse son: · Presupuesto Participativo Basado en Resultados · Fases del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados con perspectiva Multianual. · Priorización de proyectos de inversión pública

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