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70 NORMAS LEGALES Martes 1 de diciembre de 2020 / El Peruano b) Así como, se ubique en Zonas de alto o muy alto riesgo no mitigable; c) Cauces de las riberas del río; poblaciones que se encuentren ocupando faja marginal o zonas inundables; d) Derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras; poblaciones que se encuentren ocupando vías metropolitanas consideradas en la Ordenanza Nº 341-MML y vías públicas que cuenten con saneamiento a través de COFOPRI o Habilitaciones Urbanas aprobadas; e) Áreas Naturales protegidas: zonas catalogadas como ecosistema Frágil de Lomas Costeras aprobadas con Resolución del Ministerio Agricultura y Riego; f) Zonas que cuenten con Saneamiento Físico Legal destinado a Otros Usos como: Áreas educativas, de Salud, Zonas de Recreación Pública, Zonas Deportivas y otros equipamientos urbanos; g) Los ubicados en Zonas arqueológicas o los que se constituyan patrimonio cultural de la Nación, previa opinión del Ministerio de Cultura; h) Se encuentren dentro de las distancias mínimas a redes eléctricas e instalaciones debajo de la franja de servidumbre de alta tensión, indicadas en el D.S. Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones eléctricas y el Código Nacional de Electricidad; Además, no se otorgarán Constancia de Posesión en los siguientes casos: - Exista proceso judicial en trámites en el cual se esté discutiendo la propiedad o la posesión del predio materia de la solicitud de Constancia de Posesión. - Que, el predio actualmente se encuentre desocupado o sea un Lote baldío. - Que, el predio ya cuente con servicios básicos. Artículo Quinto.- Dar Trámite a las Constancias de Posesión que se generen de acuerdo a la presente Ordenanza mediante los planos Visados y anteriores Ordenanzas que hayan generado Plano Visados para servicios Básicos. Artículo Sexto.- Una vez que entre en vigencia la presente Ordenanza que Regula la Constancia de Posesión para Servicios Básicos; la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro solicitará a la Gerencia de Desarrollo Social (en físico y en digital) la relación de Juntas Directivas reconocidas por ésta Municipalidad, debiendo indicar el número de Resolución de reconocimiento, nombre completo del Presidente, y su periodo de vigencia de reconocimiento, a fi n de que el técnico (s) de Obras Privadas pueda revisar la Constancia de Vivencia adjunta por el recurrente en el pedido de Constancia de Posesión. Artículo Séptimo.- PLAZOS PARA LA EVALUACIÒN: El plazo para la atención de Constancia de Posesión para servicios básicos es de 30 días hábiles. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza, es de seis (06) meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. La ampliación de esta Ordenanza podrá darse por el Concejo Municipal previa evaluación de los resultados favorables obtenidos de la presente Ordenanza. Segunda.- SUSPENDER la vigencia del Artículo Cuarto, numeral 2 y 4 de la Ordenanza Nº 233-MDC, en lo que re fi ere especí fi camente a Visaciones de Planos de Trazado y Lotización y Otorgamiento de Constancia de Posesión, hasta el término de plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. Tercero.- ENCARGAR el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos y Desastres e Inspecciones Técnicas de Seguridad en edi fi caciones, a la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Desarrollo Social. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www. municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase.EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde ANEXO Nº 01 DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER PROCESO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL NI RECLAMO ALGUNO SOBRE POSESIÓN CON LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, CON LA ENTIDAD PROPIETARIA O CON TERCEROS Yo, ………………………………………………..………………………… ………………………………………………………………………………... Identi fi cado con DNI Nº …………………..………………….. y con domicilio en la Manzana:……………………………..………. Lote: …….……………. de la ……………………………………………………………………………………………………………………………….. del Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento: Lima. DECLARO BAJO JURAMENTO DE LEY: No tener procesos Judiciales respecto del predio matriz, ni con terceras personas sobre Posesión del lote.En caso de resultar falsa la información que proporciono, declaro haber incurrido en el delito de falsa declaración en Procesos Administrativos –Artículo 411º del Código Penal y Delito contra la fe Pública – Título XIX del Código Penal, acorde al artículo 32º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativos General. Doy fe, por lo cual fi rmo la presente a los _____ Días del mes de __________ del 20_______ Firma: ____________________ DNI ____________________ Huella Dactilar 1907631-3 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 312-2020-MDC/A, que otorgó Amnistía Tributaria por Deuda de Impuesto Predial, descuento en Arbitrios Municipales y Condonación de Deudas Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2020-MDC/A Cieneguilla, 16 de noviembre del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; VISTO: El Informe Nº 058-2020-MDC/GATYR-MDC emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, que remite el proyecto de Decreto de Alcaldía, mediante el cual solicita prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 312-2020-MDC/A, que establece “Amnistía Tributaria por Deuda de Impuesto Predial, descuento en Arbitrios Municipales y Condonación de Deudas Tributarias”, hasta el 31 de diciembre del presente año, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 y 30305, las