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42 NORMAS LEGALES Sábado 5 de diciembre de 2020 / El Peruano los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina Técnica de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1909510-1 Nombran Fiscales del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1363-2020-MP-FN Lima, 4 de diciembre de 2020VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 037-2020-MP-FN-JFS, de fecha 23 de julio de 2020, de conformidad con el acuerdo N° 5715, adoptado en Sesión Ordinaria del 17 de julio de 2020 (Estado de Emergencia). CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y su reglamento, así como sus modi fi catorias, establecen un proceso especial de tutela y un proceso penal, frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponde adoptar a cada uno/a de los/as operadores/as involucrados/as, los cuales deben estar especialmente capacitados en las materias a su cargo. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368, publicado el 29 de julio de 2018, se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a fi n de contar con un sistema integrado y especializado de justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; asimismo, en su artículo 4° inciso b, al establecer las acciones que corresponden implementar al “Ministerio Público: disponer la creación de Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como la creación de unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, de acuerdo a la carga procesal.” Que, con la Resolución de vista, emitida en mérito al Decreto Supremo N° 110-2020-EF, el mismo que autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, entre ellos el Ministerio Público, para el fi nanciamiento de las intervenciones contenidas en los productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados (PPoR) para la Reducción de la Violencia contra la Mujer; se resolvió, entre otros, la creación de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita–Ate y la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Chosica, las mismas que están conformadas por tres (03) plazas de Fiscales Provinciales y seis (06) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales cada una. De igual forma, se dispuso la creación de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huarochirí y la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huaycán, las mismas que están conformadas por una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales cada una. Asimismo, se dispuso, entre otros, la creación de dos (02) plazas de Fiscal Provincial y cuatro (04) plazas de Fiscal Adjunto Provincial, para el fortalecimiento del Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de El Agustino–Distrito Fiscal de Lima Este. Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 971-2020-MP-FN, de fecha 04 de septiembre de 2020, se resolvió entre otros, modificar la denominación de las Fiscalías Provinciales Especializadas Transitorias en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar a nivel nacional, en Fiscalías Provinciales Especializadas Transitorias en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Asimismo, se dispuso adecuar las designaciones y/o destaques de los fiscales que, a la fecha, se encuentren desempeñando funciones en los despachos pertenecientes al subsistema de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, de acuerdo a las nuevas denominaciones antes señaladas. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1223-2020-MP-FN, de fecha 04 de noviembre de 2020, se dispuso nombrar Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales en las plazas referidas precedentemente, para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito Fiscal de Lima Este, quedando pendiente el nombramiento de siete (07) Fiscales Adjuntos Provinciales. Que, mediante o fi cio N° 3241-2020-MP-FN-PJFS- DFLE, cursado por la abogada Marjorie Nancy Silva Velasco, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, y los o fi cios Nros. 286 y 342-2020-MP-FN-CN-FEVCMYGF, suscritos por la abogada Kelly Calderón Pérez, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, solicita se deje sin efecto, por declinación, el nombramiento del abogado Jesús Alberto Aranguren Martínez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huaycán; asimismo, se elevan la propuesta para el reemplazo de la plaza que se genere; así también las propuestas para cubrir las plazas vacantes de Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Este, para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito Fiscal de Lima Este. Que, con o fi cio N° 1657-2020-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 13 de octubre de 2020, suscrito por Mary Del Rosario Jessen Vigil, Gerenta de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, se informa que según la Resolución de vista, emitida en mérito al Decreto Supremo N° 110-2020-EF, en el Distrito Fiscal de Lima Este se tiene previsto la designación de 10 Fiscales Provinciales y 20 Fiscales Adjuntos Provinciales para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, todos en condición de provisional, percibiendo el pago de remuneraciones,