Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (08/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Martes 8 de diciembre de 2020 / El Peruano de la noti fi cación de la convocatoria a la sesión de concejo extraordinario programada para el 25 de setiembre de 2020 y, consecuentemente, la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 056-2020-CMPC, con el cual se rechazó la vacancia de Víctor Ángel Quijada Hilario. 11. Cabe indicar que las noti fi caciones son un deber impuesto a la Administración Pública en favor del derecho al debido proceso de los administrados (solicitante de la vacancia) y constituye una garantía jurídica frente a la actividad de las entidades administrativas, particularmente, cuando tengan efectos sancionadores, como las de la vacancia o suspensión. 12. En consecuencia, este Supremo Tribunal Electoral requiere al Concejo Provincial de Canta para que, en el plazo de cinco (5) días hábiles , luego de noti fi cado con el presente pronunciamiento, cumpla con: a) Convocar a sesión extraordinaria a efectos de resolver la vacancia en contra de Víctor Ángel Quijada Hilario. En caso de que el alcalde no lo haga dentro del plazo establecido, previa noti fi cación escrita a este, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor. b) Requerir y recibir los informes del área de asesoría legal, o de cualquier otra área, que sean necesarios para resolver la solicitud de vacancia. c) Concurrir a la sesión extraordinaria y suscribir la respectiva acta de sesión de concejo, en la cual se dejará constancia de las inasistencias injusti fi cadas a efectos de lo dispuesto en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 13. Asimismo, el alcalde de la referida comuna deberá remitir, en original o copia certi fi cada, los siguientes documentos: a) Cargos de noti fi cación de la convocatoria a la sesión extraordinaria en la que se resuelva el pedido de vacancia, dirigida a la autoridad cuestionada y a los demás miembros del concejo municipal. b) Acta de sesión extraordinaria, y su respectivo acuerdo de concejo, que resuelve el pedido de vacancia seguido en contra de la mencionada autoridad edil. c) Cargos de noti fi cación del acuerdo de concejo que resuelve el pedido de vacancia, dirigida a la autoridad cuestionada y a los demás miembros del concejo municipal. d) Constancia o resolución que declara consentido el acuerdo de concejo que resolvió el pedido de vacancia, solo en caso de que no se haya interpuesto recurso de apelación. e) Expediente administrativo de vacancia, adjuntando el original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelación, equivalente al 15 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), según se encuentra establecido en el artículo primero, ítem 1.33, de la Resolución Nº 0412-2020-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano , el 30 de octubre de 2020, siempre que se haya interpuesto recurso de apelación dentro del plazo legal establecido. 14. Cabe recordar que las acciones requeridas en los considerandos precedentes son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios, de acuerdo con sus competencias. 15. Finalmente, se precisa que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el Diario O fi cial El Peruano . Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado a partir del acto de noti fi cación de la convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 25 de setiembre de 2020, con la que se citó a Luis Enrique Enciso Chaupis, solicitante de la vacancia en contra de Víctor Ángel Quijada Hilario, en su calidad de regidor del Concejo Provincial de Canta, departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- REQUERIR al Concejo Provincial de Canta, departamento de Lima, para que, en el plazo de cinco (5) días hábiles , luego de noti fi cado con la presente resolución, cumpla con convocar a sesión extraordinaria para resolver el pedido de vacancia solicitado en contra de Víctor Ángel Quijada Hilario, en su calidad de regidor del referido municipio, de conformidad con lo señalado en el considerando 12 de este pronunciamiento. Artículo Tercero.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Provincial de Canta, departamento de Lima, para que, una vez realizado el acto señalado en el artículo segundo de la presente resolución, remita, en original o copias certifi cadas, los documentos referidos en el considerando 13 de este pronunciamiento, bajo apercibimiento de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios, de acuerdo con sus competencias. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.° 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZ Vargas HuamánSecretaria General 1 Se precisa que mediante Resolución Nº 211-2020-JNE, de fecha 4 de agosto de 2020, Víctor Ángel Quijada Hilario fue convocado para asumir el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Canta. 1909888-1 Declaran válida el Acta Electoral N° 070016- 49-B, remitida por la ONPE, correspondiente a las elecciones internas - elección de delegados provinciales, de la organización política Solidaridad Nacional, en el marco de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN Nº 0486-2020-JNE Expediente Nº EG.2021003100 LIMA - LIMAELECCIONES GENERALES 2021ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dos de diciembre de dos mil veinte