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46 NORMAS LEGALES Martes 8 de diciembre de 2020 / El Peruano notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Ahora bien, a través de la Resolución Nº 539- 2013-JNE se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino también atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos donde se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de muerte de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En ese orden de ideas, a fi n de no afectar la gobernabilidad de la referida comuna edil y en aplicación del citado principio de economía procesal, al tratarse de la causal de vacancia por muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, y habiéndose acreditado a través del Acta de Defunción que la mencionada autoridad edil falleció el 24 de noviembre del presente año, corresponde dejar sin efecto la credencial de alcalde otorgada a Carlos Amancio Fernández Cacho. 4. En tal sentido, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por la primera regidora hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que, resulta procedente convocar a Esteffany Elizabeth Álvarez Oliva, identi fi cada con DNI N.° 75749137, para que asuma inmediatamente las funciones de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Lagunas, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 5. Asimismo, conforme lo dispone el artículo 24, numeral 2, de la LOM, se debe convocar al regidor suplente, en el presente caso, Eliberto Nemesio Hernández Paz, identi fi cado con DNI Nº 16548311, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, de fecha 16 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 6. Por otro lado, cabe precisar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo primero, ítem 2.30, de la Resolución Nº 0412-2020-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 30 de octubre de 2020, uno de los requisitos exigidos para la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa por dicho concepto. No obstante, en el caso de autos, la entidad edil no remitió el original del comprobante de pago de la referida tasa, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades del concejo edil y considerando las circunstancias particulares del caso concreto, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de dicha comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones Nº 0056-2016-JNE y Nº 0150-2017-JNE, debe disponer la emisión de las credenciales correspondientes, sin perjuicio de que se encuentra pendiente la presentación de dicho requisito, el cual deberá ser subsanado bajo apercibimiento de ley. 7. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario ofi cial El Peruano. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Carlos Amancio Fernández Cacho como alcalde de la Municipalidad Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Esteffany Elizabeth Álvarez Oliva, identi fi cada con DNI N.° 75749137, para que asuma las funciones de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a efectos de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Eliberto Nemesio Hernández Paz, identi fi cado con DNI N.° 16548311, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Cuarto.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, el pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. Artículo Quinto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1909892-1 Declaran valida el Acta Electoral Observada N° 090078-79-F, remitida por la ONPE, correspondiente a las elecciones internas - elección de delegados peruanos residentes en el extranjero, de la organización política Unión por el Perú, en el marco de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN Nº 0490-2020-JNE Expediente Nº EG.2021003167 LIMA - LIMA ELECCIONES GENERALES 2021ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dos de diciembre de dos mil veinte VISTA el Acta Electoral Observada Nº 090078-79-F, remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a las elecciones internas - elección de delegados peruanos residentes en el extranjero, de la organización política Unión por el Perú, en el marco de las Elecciones Generales 2021.