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32 NORMAS LEGALES Martes 8 de diciembre de 2020 / El Peruano de candidatas y candidatos aptos a magistrados del Tribunal Constitucional, en la presentación y examen de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas; y, las declaraciones juradas de gestión de conflicto de intereses de los postulantes en el referido concurso, en el marco del “Reglamento para la selección de candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional”, aprobado por Resolución Legislativa del Congreso 006-2020-2021-CR. 2. OBJETIVOS• Regular el procedimiento para la presentación de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas; y, las declaraciones juradas de gestión de con fl icto de intereses de los postulantes a candidatas y candidatos aptos a magistrados del Tribunal Constitucional; así como para el examen de dichas declaraciones y la remisión del informe resultante emitido por la Contraloría General de la República a la Comisión Especial a cargo del Concurso Público de Méritos. • Establecer los roles y funciones de los órganos y unidades orgánicas que participan en el servicio relacionado de asistencia técnica especializada por la Contraloría General de la República. 3. ALCANCELas disposiciones de la presente Directiva son de aplicación para: 3.1. Los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, que se señalan a continuación: • La Gerencia de Tecnologías de la Información o la que haga sus veces. • La Gerencia de Prevención y Detección o la que haga sus veces. • La Subgerencia de Fiscalización o la que haga sus veces. 3.2. La Comisión Especial de selección de candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional, en lo que corresponda. 3.3. Postulantes a candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. 4. SIGLAS Y REFERENCIAS Concurso Público: Concurso Público de Méritos para la selección de candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. Contraloría : Contraloría General de la República. Comisión Especial: Comisión Especial de selección de candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. Declaraciones juradas: Declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas; y, Declaración jurada para la gestión de con fl icto de intereses. DJIBR : Declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas. DJI : Declaración jurada para la gestión de confl icto de intereses. Postulante : Postulante a candidata o candidato apto para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional. Reglamento : Reglamento para la selección de candidatas o candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional, aprobado mediante Resolución Legislativa del Congreso N° 006-2020-2021-CR.Sistemas de Declaraciones Juradas: Sistema de declaraciones juradas para la gestión de con fl icto de intereses (SIDJI) y Sistema de registro de declaraciones juradas en línea (SIDJ). TC : Tribunal Constitucional. 5. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. • Ley N° 31031, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para garantizar la elección meritocrática y transparente de magistrados del Tribunal Constitucional. • Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales y sus modi fi catorias. • Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. • Resolución Legislativa del Congreso N° 006-2020- 2021-CR, que aprueba el “Reglamento para la selección de candidatas y candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional”. • Decreto Supremo N° 0004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales, y sus modi fi catorias. • Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, vigente. 6. DISPOSICIONES GENERALES6.1 Actuación de la Contraloría La Contraloría recibe de la Comisión Especial la lista de postulantes que superaron la etapa de resolución de tachas; crea para cada uno de ellos los accesos a los Sistemas de Declaraciones Juradas y remite a la Comisión Especial la lista de los postulantes que presentaron sus declaraciones juradas. Posteriormente, recibe de la Comisión Especial la lista de postulantes que superaron la etapa de evaluación curricular a fi n de examinar sus declaraciones juradas y remite el informe resultante a la citada Comisión. 6.2 Del acceso a los Sistemas de Declaraciones Juradas El postulante accede a los Sistemas de Declaraciones Juradas a través del Portal Web Institucional de la Contraloría (www.contraloria.gob.pe), con el código de usuario y contraseña que son remitidos por la Contraloría a cada correo electrónico de los postulantes. 6.3 Contenido de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas La DJIBR de los postulantes en el concurso público de méritos para la selección de candidatas o candidatos a magistrados del TC, debe contener los aspectos siguientes: a) Sección Primera. - Datos generales del postulante (nombres y apellidos, documento nacional de identidad, número de RUC, estado civil, dirección) - Datos del cónyuge o conviviente (nombres y apellidos, documento nacional de identidad, número de RUC) - Ingresos (remuneración bruta mensual, remuneración bruta mensual por ejercicio individual, otros ingresos mensuales, total de ingresos). - Bienes muebles e inmuebles del declarante y sociedad de gananciales (en el país o en el extranjero). - Ahorros, colocaciones, depósitos e inversiones en el sistema fi nanciero del declarante y sociedad de gananciales (en el país o en el extranjero) - Otros bienes e ingresos del declarante y sociedad de gananciales (en el país o en el extranjero) que no sean de periodicidad mensual.