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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, dispone que el/la Superintendente/a tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial N° 087-2015-MINEDU, y reordenado por Resoluciones de Superintendencia N° 055-2017-SUNEDU y N° 100-2018-SUNEDU, prevé el cargo estructural de Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Sunedu, como de libre designación y/o remoción; Que, mediante el Informe N° 128 -2020-SUNEDU-03-10, la Ofi cina de Recursos Humanos emite opinión favorable para que la señora Jessica Martha Rojas Barrueta sea designada en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Sunedu. Por otro lado, se precisa que el citado cargo equivale al puesto de Ejecutivo(a) de la Unidad de Registro de Grados y Títulos, establecido en el Manual de Per fi les de Puestos - MPP de la Sunedu, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 058-2019-SUNEDU; Que, resulta necesario designar a la Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Sunedu; Que, asimismo, siendo que mediante Resolución de Superintendencia N° 0070-2020-SUNEDU, se dispuso designar temporalmente a la señora Jessica Martha Rojas Barrueta en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la Sunedu, en adición a sus funciones, desde el 24 de noviembre de 2020; corresponde concluir la misma; Con el visado de la Secretaría General y de la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, al término del 10 de diciembre de 2020, la designación temporal efectuada mediante Resolución de Superintendencia N° 0070-2020-SUNEDU, a la señora Jessica Martha Rojas Barrueta en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, dándosele las gracias por los servicios prestados en virtud de dicha designación temporal. Artículo 2.- Designar, a partir del 11 de diciembre de 2020, a la señora Jessica Martha Rojas Barrueta, en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria -Sunedu. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría General, a la O fi cina de Recursos Humanos, a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, y a la señora Jessica Martha Rojas Barrueta.Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria -Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO ZEGARRA ROJAS Superintendente 1910699-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban Transferencia financiera de la Universidad Nacional de Juliaca a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de financiar entrega económica a favor de deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19 UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 099-2020-P-CO-UNAJ Juliaca, 18 de noviembre de 2020VISTOS:El Informe Nº 0610-2020-OPP/UNAJ de fecha 16 de noviembre de 2020, Informe Nº 0269-2020/DGA-UNAJ, de fecha 16 de noviembre de 2020; y el proveído del Sr. Presidente de la Comisión Organizadora UNAJ y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes. Que, la Ley Universitaria Nº 30220, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Concordante con el Art. 10 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, así mismo conforme al Art. 62, Numeral 62.2, de la Ley Universitaria Nº 30220, señala es atribución del Señor Presidente de la Comisión Organizadora Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y Financiera. Concordante con el Art. 25 del Estatuto de la UNAJ. Que, la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal a) Ejercer la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, literal i) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; literal j) Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el MINEDU o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente.