TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2020 / El Peruano Que, en este contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con las unidades orgánicas prestadoras de servicios no exclusivos, ha elaborado el Proyecto del TUSNE actualizado, el mismo que pone a disposición para su aprobación correspondiente; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, de acuerdo al numeral 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”. De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente, y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, el pleno del Concejo Municipal, aprobó por Unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE SERVICIO NO EXCLUSIVOS (TUSNE) Artículo 1.- APROBAR, el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el mismo que como Anexo 1, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y su texto íntegro en el Portal Web www. munisanantoniohri.gob.pe de la Municipalidad Distrital de San Antonio, publicaciones que se encuentran a cargo de la Secretaría General y Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, respectivamente. Artículo 3.- FACULTAR, al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas complementarias o necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, debiendo prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo 5.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ Alcaldesa CLEDY CANCHAGUAY RIVERA Teniente Alcaldesa 1910874-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES