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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (15/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 15 de diciembre de 2020 / El Peruano Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la Obra: “Mejora miento de la Carretera Santa María – Santa Teresa – Puente Hidroeléctrica Machu Picchu” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 12 670,72 (DOCE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 72/100), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma.3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA SANTA MARÍA – SANTA TERESA – PUENTE HIDROELÉCTRICA MACHU PICCHU” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÒN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONE S-PROVIAS NACIONALBOCANGEL TINCO TIBURCIOCÓDIGO: CAR-SA-068AREA AFECTADA: 2,958.98 m2AFECTACIÒN: Parcial Del Inmueble 12,670.72LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA:Por el Norte: Colinda con la UC-202203, con 16.31 m.Por el Sur: Colinda con la UC-202204, con 24.39 m.Por el Este: Colinda con la UC-202204, con 172.22 mPor el Oeste: Colinda con el Área remanente de la UC-202205, con 182.28 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértices LadoDistancia (m)WGS 84 Este(X) Norte(Y) A A-B 63.13 757210.0025 8557723.9988 B B-C 6.09 757214.0020 8557660.9995 C C-D 56.93 757213.0041 8557654.9905 D D-E 46.07 757164.0050 8557626.0055 E E-F 24.39 757143.0019 8557585.0026 F F-G 1.22 757120.6349 8557575.2789 G G-H 15.43 757120.8697 8557576.4793 H H-I 8.79 757127.9769 8557590.1795 PARTIDA REGISTRAL: N° 02021844, perteneciente a la O fi cina Registral de Quillabamba, Zona Registral N° X–Sede Cusco.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 30.10.2019 (Informe Técnico N° 15511-2019-SUNARP-Z.R. N° X/OC-UREG/C) por la Ofi cina Registral de Quillabamba de la Zona Registral N° X, Sede Cusco.I I-J 6.16 757133.2395 8557597.2206 J J-K 19.35 757135.3981 8557602.9920 K K-L 23.51 757134.4672 8557622.3167 L L-M 5.29 757152.7375 8557637.1149 M M-N 26.24 757158.0188 8557636.7985 N N-O 25.90 757178.6308 8557653.0445 O O-P 4.76 757194.0376 8557673.8662 P P-Q 14.72 757198.1841 8557676.2068 Q Q-R 12.83 757199.0717 8557690.8970 R R-S 18.08 757195.7351 8557703.2901 S S-A 16.31 757193.9219 8557721.2819 1911843-1