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30 NORMAS LEGALES Martes 15 de diciembre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), conforme se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Efectuar la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU (www.atu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1911850-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 151-2020-CONCYTEC-P Lima, 10 de noviembre de 2020VISTOS: Los Informes Técnico - Legal Nº 090-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, 091-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 092-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y los Proveídos Nº 169-2020-FONDECYT-DE, 170-2020-FONDECYT-DE y 171-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveídos Nº 169-2020-FONDECYT- DE, 170-2020-FONDECYT-DE y 171-2020-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 1’387,857.56 (Un Millón Trescientos Ochenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Siete y 56/100 Soles), señalando que permitirá co fi nanciar los proyectos y programas ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros EF-023 denominado “Programas de Maestría en Universidades Peruanas”, EF-033 denominado “Programas de Doctorado en Universidades Peruanas”, EF-041 denominado “Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada”, E041-2018-01 denominado “Proyectos de Investigación Básica”, E041-2019-01 denominado “Proyectos de Investigación Básica” y E067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, para lo cual remite los Informes Técnico - Legal Nº 090-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, 091-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 092-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante los cuales el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos y programas señalados en los Informes Técnico - Legal, para tal efecto adjunta los Certi fi cados de Crédito Presupuestario N° 1141-2020, 1312-2020, 1356-2020, 1474-2020, 1475-2020, 1480-2020, 1481-2020, 1482-2020, 1483-2020 y 1484-2020, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYT-DE, 155-2015-FONDECYT-DE, 156-2015-FONDECYT-DE, 099-2018-FONDECYT-DE, 093-2019-FONDECYT-DE, 032-2020-FONDECYT-DE y 077-2020-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de las convocatorias de los citados esquemas fi nancieros; Que, los Informes Técnico - Legal concluyen que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases de los concursos, en los contratos o convenios suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en los mencionados Informes Técnico - Legal;