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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (17/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 17 de diciembre de 2020 El Peruano / FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS N° 3079-2020 Mediante O fi cio N° 40870-2020-SBS, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS N° 3079-2020, publicada en la edición del viernes 11 de diciembre de 2020. En el Artículo Primero;DICE:“Artículo Primero.- Sustituir el Artículo Segundo de la Resolución SBS N° 2712-2012, conforme se indica a continuación” (…) DEBE DECIR:“Artículo Primero.- Sustituir el Artículo Segundo de la Resolución SBS N° 2712-2020, conforme se indica a continuación” (…) 1912197-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Dejan sin efecto toda convocatoria a proceso de elecciones y prorrogan el mandato, hasta la celebración de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, de las autoridades que se encuentran en funciones en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 355 Lima, 15 de diciembre de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO:El O fi cio N° 000098-2020-GIEE/ONPE de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, eI Informe N° 770-2020-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorando N° 290-2020-MML-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades de los Centros Poblados son creadas conforme a ley; los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo por un período de cuatro (4) años y sin reelección inmediata para los alcaldes; Que, el artículo 132 de la Ley Nº 27972–Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las facultades y obligaciones del alcalde y los regidores de las municipalidades de centros poblados son reguladas mediante decreto de alcaldía de la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, con arreglo a la delegación de funciones y prestación de servicios públicos locales;Que, el Artículo 2 de la Ley Nº 28440–Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, antes de su modi fi catoria por el artículo 3 de la Ley N° 31709, publicada en el 28 de noviembre de 2020, establecía que el Alcalde Provincial debía convocar a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando ello al Jurado Nacional de Elecciones; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 514 de fecha 29 de noviembre de 2019, se convocó a elecciones municipales en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa, jurisdicción de la Provincia de Lima, para el periodo 2020 – 2024, las mismas que se llevarían a cabo el día 29 de marzo de 2020 y, asimismo, se aprobó el Cronograma Electoral; Que, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19 y a fi n de preservar la seguridad y la salud en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa, mediante Resolución de Alcaldía N° 123 de fecha 24 de marzo de 2020, se suspendió la realización del acto de sufragio programado para el día 29 de marzo de 2020, prorrogando, de manera excepcional, hasta la proclamación de los nuevos representantes; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 300 de fecha 27 de octubre de 2020, se dispuso la reanudación del proceso electoral de autoridades del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, señalando como fecha para la realización del acto de sufragio el 10 de enero de 2021, conforme lo acordado por el Comité Electoral correspondiente y contando con la aprobación y la asistencia técnica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, para tal fi n; Que, con fecha 28 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Ley N° 31079 – “Ley que modi fi ca la Ley N° 27972–Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las Municipalidades de Centros Poblados, modi fi cada por la Ley N° 30937 y la Ley N° 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados”, la cual modi fi ca la normativa que motivó la convocatoria y reanudación del proceso de elección de autoridades municipales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; Que, mediante Informe N° 770-2020-MML-GAJ de fecha 04 de diciembre de 2020, la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que la citada Ley N° 31079, establece nuevos criterios para el desarrollo de las elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados, prorrogando el mandato de las actuales autoridades hasta que se desarrollen los procesos electorales de autoridades provinciales y distritales, las mismas que deberán realizarse el año 2022; asimismo, las normas que regulan el proceso electoral para elección de Autoridades Municipales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa periodo 2021-2025, emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, han sido derogadas por no enmarcarse en los nuevos criterios aprobados mediante Ley N° 31079; en consecuencia, el proceso electoral de Autoridades Municipales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa periodo 2021-2025, ha quedado sin efecto, debiendo la normativa municipal, adecuarse a lo dispuesto en la nueva normativa sobre la materia; Que, mediante O fi cio N° 000098-2020-GIEE/ONPE de fecha 07 de diciembre de 2020, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, señala que la Ley N° 31079 re fi ere a los Concejos Municipales de Centros Poblados en funcionamiento, sin distinción alguna, por tanto, estando a que las actuales autoridades del Centro Poblado de Santa María de Huachipa se encuentran en funciones, se entiende que su mandato se ha prorrogado hasta la celebración de las Elecciones Regionales y Municipales 2022; y, consecuentemente, correspondería que la Municipalidad Metropolitana de Lima deje sin efecto la convocatoria del proceso de elecciones de autoridades del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el domingo 10 de enero de 2021; Que, a través del Memorando N° 290-2020-MML- GPV de fecha 09 de diciembre de 2020, la Gerencia de Participación Vecinal, estando a lo informado por