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55 NORMAS LEGALES Jueves 17 de diciembre de 2020 El Peruano / emitió la Resolución Nº 180-2020-SUNARP/SN del 14 de diciembre de 2020, modi fi cando los artículos 10; 16; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 27; 30; 32 y 33 del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN; asimismo, se aprobó las Tablas de Evaluación para la cali fi cación de Currículum Vitae de las plazas de Registrador Público y de Asistente Registral de las Zonas Registrales N° I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV; así como, de las plazas de Registrador Público y de Asistente Registral de las Zona Registral N° IX – Sede Lima, establecidas en el citado Reglamento; Que, en ese sentido, el órgano de asesoramiento concluye que, con la fi nalidad de observar los principios de transparencia e igualdad de oportunidades en materia de Gestión de Recursos Humanos, tomando en cuenta las modi fi caciones al Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos – Sunarp y que tienen incidencia directa en el desarrollo de los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y N° 182-2020-SUNARP/GG, resulta procedente la propuesta de suspensión formulada por la O fi cina General de Recursos Humanos; siendo que, dicha suspensión implica dejar sin efecto el artículo 3 de las Resoluciones antes citadas que aprueban los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción de los referidos concursos públicos, debiendo la O fi cina General de Recursos Humanos proponer, dentro del marco legal correspondiente, los nuevos anexos para la reanudación de los citados concursos públicos; De conformidad con lo previsto en el literal r) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Suspensión del Concurso Público de Méritos. Disponer la suspensión temporal de los Concursos Públicos que se detallan a continuación, por las razones expuestas en la presente resolución: (i) Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, las plazas CAPP N° 139 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chachapoyas y CAPP N° 145 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chota de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo autorizado con Resolución N° 181-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020. (ii) Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, la plaza CAPP N° 123 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chepén, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo autorizado con la Resolución N° 182-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020. Artículo 2.- Déjese sin efecto. Déjese sin efecto el Artículo 3 de las Resoluciones que se detallan a continuación: (i) Resolución N° 181-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020, a través del cual se aprobaron los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción del Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, las plazas CAPP N° 139 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chachapoyas y CAPP N° 145 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chota de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. (ii) Resolución N° 182-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020, a través del cual se aprobaron los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción del Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, la plaza CAPP N° 123 de Asistente Registral de la O fi cina Registral de Chepén, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo Artículo 3.- Plazo para la presentación de Anexos. Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos, en un plazo máximo de dos (02) días hábiles de emitida la presente Resolución, elabore los Anexos 1, 2 y 3 que contengan el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción de los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y 182-2020-SUNARP/GG. Artículo 4.- Reanudación del Concurso Público de Méritos. Disponer que una vez aprobados los Anexos a los que se re fi ere el artículo 3 de la presente Resolución, se reanude los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y 182-2020- SUNARP/GG. Artículo 5.- Publicación. La presente Resolución se publica en el Portal Institucional (www.gob.pe/sunarp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Vigencia.La presente Resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS E. CASTILLO SANCHEZ Gerente GeneralSunarp 1912645-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban la Directiva con Código E02.OII. DI.001 - “Atención de denuncias de actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000249-2020-MIGRACIONES Breña, 16 de diciembre del 2020VISTOS: El Informe Nº 000057-2020-OII/MIGRACIONES, de fecha 30 de octubre de 2020, de la O fi cina de Integridad Institucional; el Memorando N° 002067-2020-OPP/MIGRACIONES, de fecha 03 de noviembre de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja de Elevación N° 000002-2020-UMGC/MIGRACIONES y el Informe N° 000014-2020-GRC-UMGC/MIGRACIONES, ambos de fecha 02 de noviembre de 2020, emitidos por la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000606-2020-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 06 de noviembre de 2020, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;