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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza que prohíbe la crianza y/o engorde de aves de corral, ganado vacuno, porcino, ovino, caprino y otros animales menores en el cercado y zonas urbanas del distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 390-MDPP Puente Piedra, 18 de diciembre de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO:Que, de las inspecciones realizadas por las áreas competentes de esta entidad, se ha constatado que en las zonas consolidadas como Urbanas del distrito, se han instalado establecimientos dedicados a la crianza de aves de corral, ganado vacuno, porcino, ovino, mataderos de aves, entre otros, que conviven literalmente con la población, generando malos olores y proliferación de moscas y mosquitos poniendo en riesgo la salud pública, el medio ambiente y la ecología; ORDENANZA QUE PROHÍBE LA CRIANZA Y/O ENGORDE DE AVES DE CORRAL, GANADO VACUNO, PORCINO, OVINO, CAPRINO Y OTROS ANIMALES MENORES EN EL CERCADO Y ZONAS URBANAS DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- PROHIBIR el funcionamiento de establecimientos dedicados a la crianza y/o engorde de aves de corral, ganado vacuno, porcino, ovino, caprino y otros animales menores, en la zona del Cercado, zonas urbanas y de expansión urbana del distrito de Puente Piedra, por constituir una amenaza a la salud pública, al medio ambiente y a la ecología, conforme al ANEXO 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER, a partir de la fecha, la publicación en el Portal Web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra (www.munipuentepiedra.gob.pe) del anexo 1 de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Ordenamiento Urbano, y a la Gerencia de Salud; y su difusión a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Secretaría General. RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1913451-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban las Bases para la realización del Sorteo Virtual “ AL DÍA CON VILLA”, aprobado por Ordenanza N°440-MVES DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2020-ALC/MVES Villa El Salvador, 16 de diciembre del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 1392-2020-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 488-2020-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 123-2020-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y COMUNICADO PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS E INFORMES SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES Se comunica a los Gobiernos Locales que las solicitudes de publicación de Ordenanzas e informes sobre Arbitrios Municipales se recibirán hasta el lunes 28 de diciembre de 2020. Para los envíos mediante correo electrónico se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. Adjuntar escaneada en PDF solicitud de publicación. 2. Adjuntar escaneado en PDF el documento a publicar, de cuyo contenido se debe advertir el orden de los anexos para su publicación. 3. Adjuntar el archivo Word con el contenido ordenado de la manera como se realizará la publicación. 4. Los cuadros deben ser trabajados en el mismo Word como TABLAS, no se aceptarán imágenes, gráfi cos o archivos vinculados. En el supuesto caso que las tablas sean mayores a una página, se admitirá en archivo Excel . Los cuadros de fórmulas deben ser consignados también como TABLAS. 5. Si el documento a publicar tiene entre 10 a 30 páginas A4, se recomendará Separata Especial, sin embargo, si el documento contara con más de 30 páginas A4, necesariamente se publicará en separata especial. En estos casos debe adjuntarse carátula en PDF y Word y logo en alta resolución si tuvieran. 6. Con relación a las Cotizaciones, no se admitirá el cambio del documento escaneado o de su archivo digital. En el supuesto que hubiera cambios, deberán presentar una nueva solicitud de cotización. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES