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102 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 / El Peruano GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban transferencia de recursos financieros a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 476 -2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR Chachapoyas, 20 de noviembre de 2020VISTO:El Acuerdo de Consejo Regional Nº 063-2020-GRA/ CR-SO, de fecha 09 de noviembre de 2020, el O fi cio Nº 1112-2020-G.R.AMAZONAS/GR, de fecha 19 de octubre de 2020, el Informe Legal Nº 808-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ, de fecha 12 de octubre de 2020 y el O fi cio Nº 000055-2020-CG/GDEE, de fecha 28 de setiembre de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053, Ley Nº 29611 y Ley Nº 29981, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; tiene como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral y sostenible, promoviendo la inversión pública y privada; el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; concordante con el artículo IV del Título Preliminar del T.U.O de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, consagra los principios del procedimiento administrativo, denotándose el de legalidad, debido procedimiento, impulso de o fi cio, razonabilidad, imparcialidad, e fi cacia, verdad material, simplicidad, uniformidad, responsabilidad, entre otros; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 3º, 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales tienen a su vez jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, acorde a Ley. Siendo su misión principal organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región y en el aspecto del desarrollo regional competente, la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográ fi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y ambientales en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres con igualdad de oportunidades; Que, con O fi cio Nº 000055-2020-CG/GDEE, de fecha 28 de setiembre de 2020, el Gerente de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República, ha señalado que la entidad de control a quien representa, ha solicitado al Gobierno Regional Amazonas, la transferencia fi nanciera por S/. 12,000.00 soles, por los gastos devengados del personal CAS y/o Locador (al 31/12/2018), que realizó labores de control en OCI, por lo que es necesario contar con el Acuerdo de Consejo que autoriza dicha transferencia; Que, con Informe Legal Nº 808-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ORAJ, de fecha 12 de octubre de 2020, el Director de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, ante lo solicitado, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742 – Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, resulta viable que el Gobierno Regional Amazonas, regularice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; disponiendo además, que adicionalmente, la Contraloría General de la República aprueba, de ser necesario, disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido en dicha disposición complementaria; Que, por otro lado, la citada disposición complementaria, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoria, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República; Que, para las transferencias fi nancieras referidas en el considerando precedente, se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego, y la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo de consejo municipal se publica en la pagina web del gobierno local respectivo; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 063- 2020-GRA/CR-SO, de fecha 09 de noviembre de 2020, el Pleno del Consejo Regional por votación unánime Acordó: Aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos devengados del personal CAS y/o Locador al 31-12-2018, que realizó labores de control en el Órgano de Control Institucional, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, en mérito a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y, al Informe Legal emitido por el Director de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902, atendiendo el Acuerdo de Consejo Regional Nº 063-2020-GRA/CR-SO; contando con el visto bueno de la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la O fi cina Regional de Administración y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Contraloría General de