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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (24/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 24 de diciembre de 2020 El Peruano / la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD y su modi fi catoria. b) Elaborar el informe fi nal que sustente la propuesta de Política Nacional de Vivienda, Urbanismo y Desarrollo Urbano Sostenible. Artículo 5.- Participación de personas y/u otras entidades El Grupo de Trabajo tiene la facultad de invitar a personas naturales y representantes de entidades públicas o privadas, así como de organizaciones de la sociedad civil, para el cumplimiento de su función. Artículo 6.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la cual asume la responsabilidad de coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de la función del Grupo de Trabajo. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de hasta ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 9.- Financiamiento El Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 10.- Publicación y Difusión Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento 1914522-1 Autorizan Transferencias Financieras a favor de EPS GRAU S.A., EPS TACNA S.A., EPS SEDAJULIACA S.A. y SEDALORETO S.A., destinadas al financiamiento de los servicios de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2020-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante la Resolución Ministerial N° 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de Transferencias Financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, entre otro; las mismas que, según el numeral 17.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; indicando a su vez que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia; Que, mediante Informe N° 377-2020-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, solicita gestionar las Transferencias Financieras a favor de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.) y Tacna S.A. (EPS TACNA S.A.), de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Juliaca S.A. (EPS SEDAJULIACA S.A.) y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A. (SEDALORETO S.A.), hasta por la suma total de S/ 2 002 354,00 (DOS MILLONES DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la continuidad del abastecimiento de agua potable mediante camiones cisternas a las poblaciones: i) Albergues de los kilómetros 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; ii) Localidad de Morro Sama, distrito de Sama, provincia y región Tacna; iii) Distrito de Coata de la provincia de Puno y de los distritos de Caracoto y Juliaca (sector Chilla) de la provincia de San Román, departamento de Puno; y, iv) Varillalito primera y segunda etapa; Que, con Memorándum N° 1724-2020-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe N° 528-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 2 002 354,00 (DOS MILLONES DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de las EPS GRAU S.A., EPS TACNA S.A., EPS SEDAJULIACA S.A. y SEDALORETO S.A., destinadas al fi nanciamiento de los servicios de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna a favor de cada una de las localidades que se vienen interviniendo; Que, en consecuencia, es necesario autorizar las Transferencias Financieras en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de las EPS GRAU S.A., EPS TACNA S.A., EPS SEDAJULIACA S.A. y SEDALORETO S.A., hasta por la suma total de S/ 2 002 354,00 (DOS MILLONES DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente