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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 / El Peruano 6 UE405RED DE SALUD CHANCHAMAYO 5 12 197 238 452 HOSPITAL REGIONAL DOCENTE DE MEDICINA TROPICAL “JULIO CESAR DE MARINI CARO”1 25 185 205 416 7 UE406RED DE SALUD SATIPO 8 14 271 338 631 HOSPITAL “MANUEL. A. HIGA ARAKAKI” 1 20 178 153 352 8 UE407RED DE SALUD JUNÍN 5 14 92 130 241 HOSPITAL DE APOYO DE JUNÍN 1 18 1 79 84 183 9 UE 408 RED DE SALUD VALLE DEL MANTARO 9 30 509 359 907 10 UE 409RED DE SALUD PICHANAKI 6 14 171 152 343 HOSPITAL DE APOYO PICHANAKI 1 20 113 89 223 11 UE 410RED DE SALUD SAN MARTIN DE PANGOA 5 14 129 109 257 HOSPITAL DE APOYO SAN MARTIN PANGOA 19 126 143 288 12 UE 412 RED DE SALUD CHUPACA 6 18 178 183 385 TOTAL, GENERAL 0 79 499 7 4805 3869 9258 Donde: FP= Funcionario Público; EC= Empleado de Con fi anza; SP-DS= Servidor Público Directivo Superior; SP-EJ= Servidor Público Ejecutivo; SP-ES=; Servidor Público Especialista y SP-AP= Servidor Público de Apoyo POR LO TANTO: Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 19 días del mes de diciembre de 2020. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 1915324-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal 2021 - PIA de la Municipalidad Distrital de San Borja ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2020-MSB-C San Borja, 23 de diciembre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJAVISTO, en la XXIV-2020 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2020, el Dictamen N° 65-2020-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen N° 45-2020-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, sobre la propuesta de Presupuesto Institucional de Apertura PIA para el ejercicio fi scal 2021 de la Municipalidad de San Borja y el uso de los recursos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN); y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, establecen que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, que cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En ese sentido, los gobiernos locales tienen competencia para Que, mediante Reporte Nº 327-2020-GRJ-DRSJ-DG, de fecha 14 de diciembre de 2020 el Director Regional de Salud remite la Opinión Técnica favorable del CAP-P de la DIRESA/JUNÍN y sus Unidades Ejecutoras, con el objetivo de que sea aprobado por el Consejo Regional del Gobierno Regional Junín. Que, con informe legal Nº 530-2020-GRJ/ORAJ del 14 de diciembre de 2020, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluye que es 1.- Es PROCEDENTE la aprobación del “Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Junín” por contar con opinión favorable del SERVIR mediante Informe Técnico Nº 00156-2020-SERVIR-GDSRH. 2.- Se recomienda ELEVAR al Consejo Regional para la prosecución de su trámite respetivo, conforme a sus competencias contenidas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y con el Dictamen favorable Nº 021-2020-GRJ7CR/CPPPyAT de la Comisión Permanente de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA: EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL- PROVISIONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN” Artículo PRIMERO.- APROBAR EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL - PROVISIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE JUNÍN – DIRESA JUNÍN que se encuentra detallado en el informe Técnico Nº 156-2020-SERVIR/GDSRH emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR e Informe Técnico Nº 09-2020-GRJ-DRSJ-OEGDRH/CAP. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en la página web del Gobierno Regional Junín, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sala virtual del Gobierno Regional de Junín a los 18 días del mes de diciembre del año dos mil veinte. ABIMAEL P. ROJAS TICSE Consejero DelegadoConsejo Regional